Nicaragua ha tenido 14 constituciones en 200 años de vida independiente

Los 200 años de la Independencia de Nicaragua están recogidos en las 14 constituciones surgidas en contextos claves de su historia.

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  • septiembre 15, 2021
  • 03:22 AM

Hoy se cumplen 200 años desde aquel 15 de septiembre de 1821 en que se firmó, de manera pacífica y únicamente con disparos de cohetes festivos, el Acta de Independencia de Centroamérica, documento con el cual se rompían los nexos que mantenían atados al istmo con la corona española.

En teoría, esa ruptura supondría una nueva vida para los cinco países que habían sido declarados independientes bajo sus propias reglas, sin embargo, mantuvieron a las mismas autoridades coloniales y se siguieron rigiendo por la Constitución de Cádiz de 1812, eso sí, ya habían convocado a una Asamblea Constituyente para redactar la nueva Carta Magna, pero fue hasta tres años después que se promulgó la Constitución Federal de Centroamérica.

El 22 de noviembre de 1824 nace la Constitución de la Federación Centroamericana la cual estaba basada en la Constitución Federal de Estados Unidos. Tenía como principio un gobierno popular, representativo y federal, con tres poderes bien diferenciados: legislativo federal, ejecutivo y judicial. En el caso de Nicaragua, en los 200 años transcurridos, a esta norma le siguieron14 constituciones que marcan etapas claves de su historia.

LA PRIMERA CONSTITUCIÓN DE NICARAGUA

En 1926, Nicaragua realizó una Asamblea Constituyen y el licenciado Manuel Antonio de la Cerda resulta jefe de Estado y se promulga la primera constitución llamada Constitución del Estado Federado de Nicaragua, el 8 de abril de 1826. Esta Carta Magna estaba basada en la Constitución Federal de Centroamérica.

En abril de 1838 se rompen relaciones con la Federación y se convoca a una nueva constituyente. Siendo así que el 30 de abril de 1838 se emite un decreto que establece que el Estado de Nicaragua es libre, soberano e independiente, lo que se ratificó el 12 de noviembre del mismo año, pero paradójicamente era una copia fiel de la anterior.

Sin embargo, esa es la primera Constitución del país como Estado libre y soberano. En 1848 hubo un intento de modificar la constitución para restarle poderes a las fuerzas armadas y fortalecer la figura del jefe de Estado, pero los militares presionaron y todo quedó en intento.

En 1854 convocaron a una nueva constituyente y se aprobó una nueva Constitución, pero no entró en vigencia porque protestó Máximo Jerez y se desató una guerra civil propiciada con la llegada de William Walker. Después de la presidencia del filibustero y de su expulsión, se da por terminada la Guerra Nacional y se proclama una nueva constitución el 19 de agosto de 1858 y es la Constitución que ha tenido más años de vigencia, pues duró 35 años.

Con el triunfo de la revolución liberal de José Santos Zelaya en 1893 llega un nuevo periodo de vida a Nicaragua con la aprobación de La Libérrima, que tuvo como ejes primordiales lo siguiente: promulgó los principios de igualdad y libertad, abolió la pena de muerte y creó las leyes electoral, marcial y de amparo y llevó a cabo la división entre el Estado y la Iglesia. Sin embargo, en 1896 reformaron la Constitución y se restableció la pena de muerte, eliminaron la ley de Amparo y sobre todo se dejó el escenario sentado para la reelección de Zelaya.

En 1905 se promulgó una nueva Constitución, que en realidad era la de 1893 con las reformas de 1896. En 1909 se inicia en el Atlántico una revolución contra Zelaya y finalmente Estados Unidos lo obliga a entregar el poder a José Madriz y este a Juan José Estrada, quien convoca a una nueva constituyente.

COSTITUCIÓN FALLIDA

El 4 de abril de 1911 se firma la nueva Constitución, pero al día siguiente el general Estrada disolvió el congreso con la aprobación estadounidense y la constitución pasó a ser conocida como la “Non Nata de 1911”.

Adolfo Díaz llegó a la presidencia y convocó a una nueva constituyente y se aprobó la constitución en noviembre de 1911. Un año después empieza la Guerra de Mena que trajo consigo más intervención norteamericana y el 3 de abril se aprobó un nuevo proyecto de Constitución, pero solo fue un proyecto, pues al día siguiente la Asamblea lo único que hizo fue derogar dos artículos de la constitución de 1911.

Después de muchos conflictos internos, siendo presidente Anastasio Somoza García se promulga una nueva Constitución en 1939, que prohibía la reelección presidencial, es la primera constitución que reconoce derechos sociales en materia de familia, educación y trabajo, pues sirvió de base para la primera ley laboral de 1945, también la ley de seguridad social y la ley de patrimonio familiar.

Dos años después, en 1950, se da una nueva Constitución producto del pacto entre Somoza García y Emiliano Chamorro, quienes acordaron que no habría un tercer partido en las elecciones.

Reformada en 1955, esta Constitución permitió a las mujeres elegir y ser elegidas, además estableció que los parientes del presidente fueran miembros del congreso. En 1962 es reformada, reduciendo el periodo presidencial de 6 a 4 años, se integra la corte con 7 miembros y surge el poder electoral. En 1966, se amplía el periodo presidencial de 4 a 5 años.

CONTRA IGLESIA

Con el pacto Kupia Kumi, se estableció una nueva junta de gobierno para aprobar la Constitución de 1974 y tenía 343 artículos. En esta estableció que los sacerdotes no se inmiscuyeran con Anastasio Somoza, prohibió la formación y actividades del partido comunista y le dio facultades al presidente de la republica que limitaban el derecho a la libertad.

Con la caída de Somoza en 1979 hay nueva Constitución, la cual abolió todo el aparato institucional del régimen anterior había consolidado su poder y creó leyes para legitimar al nuevo gobierno.

Entre sus principales novedades está que se creó la figura de la junta de gobierno de reconstrucción nacional y se creó el consejo de estado y tribunales de justicia bajo la rectoría de una corte suprema de justicia integrada por siete magistrados.

Fue complementado por el estatuto de derechos y garantías de los nicaragüenses del 21 de agosto de 1979, mediante una reforma al estatuto fundamental en 1984, se creó el consejo supremo electoral y se elige una asamblea constituyente con el mandato de redactar y aprobar la constitución en dos años.

En 1987 se crea una Constitución que convierte a Nicaragua en un modelo de estado socialista. Los derechos sociales, económicos y culturales tienen un reconocimiento amplio. Las libertades clásicas como la propiedad son reconocidas de forma restrictiva. Otorgaba al poder ejecutivo más atribuciones que al resto de poderes, por lo que había un desbalance.

Esa es la Constitución que está vigente y que ha sufrido múltiples reformas, siendo las más significativas las que ha realizado el régimen de Daniel Ortega.

ZELAYA, SOMOZA Y ORTEGA: CONSTITUCIONES A SU MEDIDA

El general José Santos Zelaya creó la Constitución de 1896 con el objetivo de que fuera a su medida, así que en ella dejó sentado que se permitiera la reelección presidencial

Además, amplió las facultades del ejecutivo sobre el legislativo y con la eliminación del artículo 152 de la Constitución de 1893 ya no se podía procesar por delitos oficiales al poder ejecutivo ante los tribunales, también se eliminaron algunas de las garantías e impuso la pena de muerte.

Por su lado, Somoza García en la Constitución de 1939 establecía prohibía la reelección pero en sus disposiciones transitorias establecía que la asamblea constituyente por mayoría absoluta de sus miembros elegiría al ciudadano que ejerciera la presidencia de la república, en un periodo que se contaría desde el 30 de marzo de 1939 hasta el 1 de mayo de 1947. Lo cual significaba que no importaba la ley, pues su mayoría absoluta en la asamblea lo mantendría en el poder de todas formar.

Daniel Ortega emuló a los mandatarios anteriores cuando en el año 2014 hubo una abolición del Artículo 147 a través de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que admitió un recurso de amparo que habilitó la reelección. Al ratificar la sentencia, se eliminó el artículo 147 de la Constitución, que regulaba la reelección presidencial.

Con la reforma de 2014 también hubo variación en el Artículo 150, inciso 4 y ahora Ortega, en su figura de presidente, tiene la potestad de dictar decretos ejecutivos de aplicación general. También forma parte de las reformas de 2014.

Como para mantenerse congraciado con el poder armado, siempre en la reforma de 2014, en el Artículo 152 se le confiere a cualquier militar el derecho a participar como candidatos a la presidencia o también para ocupar ministerios.

En cuanto al artículo 37, nos encontramos que si bien Zelaya aprobó la pena de muerte, Ortega dio paso a la cadena perpetua revisable en Nicaragua. 

Actuar contra la iglesia y concentrar el poder en la figura del presidente son puntos que comparten Somoza y Ortega, así como el ataque a la libertad de expresión y la represión a quienes no apoyan a su régimen.

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