Entra en vigencia Ley que somete al Poder Judicial bajo el control de Daniel Ortega
La creación del “Consejo”, le otorga a Daniel Ortega el control total sobre la cadena de persecución al crimen organizado, y sometió de manera legal a todas las Instituciones del Estado: la detección, investigación, persecución y judicialización de operaciones ilícitas.
- Managua, Nicaragua
- junio 10, 2024
- 10:39 AM
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Este lunes entró en vigencia la Ley 1205, “Ley de creación del Consejo Presidencial de Coordinación, Cooperación e Intercambio de Información para la prevención, enfrentamiento y judicialización de los delitos de crimen organizado, narcotráfico, lavado de activos, financiamiento al terrorismo, financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva y otros delitos conexos”.
La iniciativa de Ley, enviada por el dictador Daniel Ortega a la Asamblea Nacional el pasado 21 de mayo y aprobada el 23 del mismo mes, da el control total a Ortega sobre la cadena de persecución al crimen organizado, y somete de manera legal al Poder Judicial y resto de instituciones del Estado que compete la detección, investigación, persecución y judicialización de operaciones ilícitas.
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El Artículo 4 de la Ley, en su primer inciso faculta a Ortega presidir “el Consejo que tendrá dentro de sus funciones identificar y evaluar periódicamente los riesgos nacionales relacionados con delitos provenientes del crimen organizado, narcotráfico y otros delitos establecidos en la Ley No. 735, Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados y en la Ley No. 977, Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo, y el Financimiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y tomar las medidas de mitigación que correspondan”.
También ordena “Cooperar y coordinar con las autoridades competentes que conforman el Sistema Nacional Anti-Lavado de Activos, contra el financiamiento al terrorismo y contra el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, con el objetivo de consolidar el país para el cumplimiento de la Estrategia y Plan Nacional de fortalecimiento de dicho Sistema, en correspondencia con los estándares internacionales; resultados que deberán informar periódicamente al Presidente de la República”.
Sesionarán dos veces al año
La Ley 1205 establece en su Artículo Tres que a través del Coordinador del Consejo, se podrá “convocar” a otras instituciones, cuando se estime necesario para el “cumplimiento de sus funciones”.
“El Consejo sesionará de forma ordinaria dos veces al año y de forma extraordinaria cuando lo soliciten sus miembros”, señala el Artículo Tres.
Ortega decidió incluir en el Consejo que preside a: 1. Unidad de Análisis Financiero, quien lo coordina; 2. Poder Judicial; 3. Procuraduría General de la República; 4. Banco Central de Nicaragua; 5. Ministerio Público; 6. Ministerio del Interior - Policía Nacional; 7. Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; 8. Dirección General de Ingresos; y 9. Dirección General de Servicios Aduanero.
Además, será atribución del Consejo coordinar y cooperar con las autoridades competentes que conforman el Sistema Nacional Anti-Lavado de Activos.
Entre las 15 competencias que Ortega le asigna a la nueva estructura, está también la de “coordinar con las autoridades competentes los planes y acciones de cooperación e intercambio de información”, un ejercicio que, según la ley, estará enfocado en “agilizar los procesos de investigación y judicialización de los delitos relacionados” al crimen organizado.