Entra en vigencia Ley que somete al Poder Judicial bajo el control de Daniel Ortega
Este lunes entró en vigencia la Ley 1205, “Ley de creación del Consejo Presidencial de Coordinación, Cooperación e Intercambio de Información para la prevención, enfrentamiento y judicialización de los delitos de crimen organizado, narcotráfico, lavado de activos, financiamiento al terrorismo, financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva y otros delitos conexos”.
La iniciativa de Ley, enviada por el dictador Daniel Ortega a la Asamblea Nacional el pasado 21 de mayo y aprobada el 23 del mismo mes, da el control total a Ortega sobre la cadena de persecución al crimen organizado, y somete de manera legal al Poder Judicial y resto de instituciones del Estado que compete la detección, investigación, persecución y judicialización de operaciones ilícitas.
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El Artículo 4 de la Ley, en su primer inciso faculta a Ortega presidir “el Consejo que tendrá dentro de sus funciones identificar y evaluar periódicamente los riesgos nacionales relacionados con delitos provenientes del crimen organizado, narcotráfico y otros delitos establecidos en la Ley No. 735, Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados y en la Ley No. 977, Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo, y el Financimiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y tomar las medidas de mitigación que correspondan”.
También ordena “Cooperar y coordinar con las autoridades competentes que conforman el Sistema Nacional Anti-Lavado de Activos, contra el financiamiento al terrorismo y contra el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, con el objetivo de consolidar el país para el cumplimiento de la Estrategia y Plan Nacional de fortalecimiento de dicho Sistema, en correspondencia con los estándares internacionales; resultados que deberán informar periódicamente al Presidente de la República”.
Sesionarán dos veces al año
La Ley 1205 establece en su Artículo Tres que a través del Coordinador del Consejo, se podrá “convocar” a otras instituciones, cuando se estime necesario para el “cumplimiento de sus funciones”.
“El Consejo sesionará de forma ordinaria dos veces al año y de forma extraordinaria cuando lo soliciten sus miembros”, señala el Artículo Tres.
Ortega decidió incluir en el Consejo que preside a: 1. Unidad de Análisis Financiero, quien lo coordina; 2. Poder Judicial; 3. Procuraduría General de la República; 4. Banco Central de Nicaragua; 5. Ministerio Público; 6. Ministerio del Interior – Policía Nacional; 7. Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; 8. Dirección General de Ingresos; y 9. Dirección General de Servicios Aduanero.
Además, será atribución del Consejo coordinar y cooperar con las autoridades competentes que conforman el Sistema Nacional Anti-Lavado de Activos.
Entre las 15 competencias que Ortega le asigna a la nueva estructura, está también la de “coordinar con las autoridades competentes los planes y acciones de cooperación e intercambio de información”, un ejercicio que, según la ley, estará enfocado en “agilizar los procesos de investigación y judicialización de los delitos relacionados” al crimen organizado.



