Tener un dron ya es un delito en Nicaragua

Esto es lo que debes saber sobre la nueva ley que declara a los drones como "una amenaza" y exige que quienes posean uno lo entreguen al Ministerio del Interior.

Ortega prohíbe el sobrevuelo de drones en su residencia
Los drones están prohibidos en Nicaragua. Foto referencial tomada de Freepik.
default.png
Despacho 505
  • Managua, Nicaragua
  • diciembre 11, 2024
  • 03:23 PM

Tener un dron ya es un delito en Nicaragua. La criminalización del uso de medios no tripulados en el país fue ordenada por el dictador Daniel Ortega mediante una iniciativa de ley enviada el 11 de diciembre a la Asamblea Nacional. Esta fue aprobada a mano alzada unas horas después, durante una sesión especial celebrada en el municipio de Cárdenas, Rivas, con motivo del aniversario de la muerte del sacerdote Gaspar García Laviana.

La Ley para regulación y empleo de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados prohíbe la tenencia y el sobrevuelo de estos artefactos en el país y en particular en puntos sensibles, como el espacio aéreo de la residencia y despacho de Ortega y Murillo en el residencial El Carmen, en Managua. Tambien restringen el sobrevuelo de artefactos sobre instituciones estatales como la Jefatura Nacional de la Policía, la Comandancia General del Ejército de Nicaragua, entre otras.

La nueva norma clasifica los drones como “una amenaza y riesgo” para la paz, soberanía, independencia, autodeterminación, integridad territorial, operaciones aéreas, navales y terrestres, y la infraestructura crítica del país.

“Se prohíbe el sobrevuelo de los medios aéreos no tripulados en las siguientes áreas: Presidencia de la República, sedes de los Órganos del Estado, Comandancia General del Ejército de Nicaragua, Jefatura Nacional de la Policía Nacional, Ministerio del Interior, áreas restringidas aeronáuticas, infraestructuras críticas, objetivos estratégicos, unidades militares, policiales y dependencias subordinadas al Ministerio del Interior”, dice el punto dos del artículo 8 de la ley.

En el artículo 3 establece que la Presidencia de la República que ahora comparten el dictador de 79 años y su mujer Rosario Murillo, es la “única entidad que puede autorizar y el empleo de estos medios” que pueden ser aéreos, navales o terrestres.

LEA: La foto que expone la realidad de Daniel Ortega: anciano y debilitado

Sólo el Ejército, la Policía y el Ministerio del Interior (MINT) están autorizados para ingresar y emplear medios no tripulados “para fines de la seguridad y defensa nacional, así como para la seguridad ciudadana”.

Los drones también pueden ser utilizados para estudios científicos que contribuyan con el desarrollo económico, social y humano, labores de búsqueda, salvamento y rescate, así como para eventos turísticos, recreativos, deportivos y culturales, pero siempre bajo la autorización de la Presidencia, dice el cuerpo de ley.

Quienes tengan drones deben entregados al MINT

Asimismo se obliga a a las personas naturales y jurídicas que tengan drones en su poder a informar y entregarlos. Queda estalecido un plazo de 30 días para que cumplan la entrega ante el Ministerio del Interior, el cual será contado a partir de la fecha en que entre en vigencia la ley, lo cual ocurre con su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Advertencia: quienes tengan drones en su poder y no los entreguen incurrirían en una violacion expresa de la ley y enfrentará sanciones que van desde acciones administrativas, que pueden ser multas, hasta procesos judiciales.

En el artículo 10 dice textualmente: "Son penal y administrativamente responsables las personas naturales o jurídicas que contravengan lo dispuesto en la presente Ley y serán sancionados conforme la pena del delito o falta que se trate de acuerdo a lo dispuesto en la legislación nacional". 

Crean oficina de control y registro

El artículo 7 de la iniciativa establece la creación de una Oficina de Registro y Control de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados, esta operará como una dependencia adscrita al Ministerio del Interior.

Aunque la ley prohíbe el uso de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados a las personas naturales y jurídicas en todo el territorio nacional, esta medida se aplica en el país desde el 2014 cuando el Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC) prohibió el uso de drones en el espacio aéreo de Nicaragua.

Ayúdanos a romper la censura, necesitamos tu apoyo para seguir informando

Donar