Ortega legaliza abusos de la Policía y le da poder para intervenir desde celulares hasta cuentas y bienes

Dictador reforma el Código Procesal Penal y busca legalizar las arbitrariedades que venía cometiendo desde el 2018 contra los presos políticos, darle más poder de investigación a la Policía y proteger a los testigos falsos contra los opositores.

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  • septiembre 04, 2024
  • 04:16 PM

El dictador Daniel Ortega envió este miércoles a la Asamblea Nacional una propuesta para refomar el Código Procesal Penal (CPP), contenido en la Ley 406, que otorga más poderes a la Policía Orteguista para intervenir, espiar, confiscar y decomisar cualquier tipo de bienes y activos, y legalizar de esa forma, las arbitrariedades que ha venido comentiendo desde el 2018.

Los artículos que se reformarán son 99, 121, 135, 211, 230, 238, 244 y 275 y, además, a otros tres se les hará adiciones, el 95, 195 y el 202.

En los cambios al 230, Ortega pretende que la Policía tenga más poderes que en la actualidad, pues ya no necesitará de una orden judicial para allanar, intervenir, decomisar y hasta levantar el sigilo bancario de cualquier persona. Asimismo, podrá pedir información a proveedores de servicios informáticos y también todo tipo de información a las telefónicas.

Además, la Policía realizará estudios o análisis técnicos de todo tipo, y podrá extraer información en sistemas electrónicos e informáticos y podrá preservar la escena del crimen el tiempo que sea necesario. Igualmente, podrá realizar análisis corporal y de fluidos biológicos.

Entre los aspectos que más llaman la atención, se encuentra, en los cambios al 195, la protección de testigos, sobre lo cual la jurista Yonarqui Martínez afirma que la dictadura busca proteger a testigos falsos, los cuales han sido utilizados en los juicios contra los presos políticos.

Confiscaciones

Para justificar algunas confiscaciones de bienes o propiedades, la reforma introduce la figura de la persona jurídica, es decir, ahora van a enjuiciar a organismos o empresas, lo cual es absurdo, considera Martínez, porque en un juicio se busca la verdad y se analiza el comportamiento delictivo del individuo de manera personal, es decir, no se puede juzgar a una empresa.

En casos de delitos incurridos en una empresa, se dilucidan a través del derecho mercantil, señala Martínez, pero no del penal.

Legalizan abusos procesales

En otros artículos que serán reformados, añade Martínez, lo único que harán es legalizar lo que los defensores de derechos humanos han venido denunciando desde 2018, que es la violación a los derechos procesales que tienen los investigados y los acusados, como la libertad probatoria, el derecho a la defensa, el derecho a ser informado del delito investigado y que, principalmente, sea un proceso en el que se busque la verdad.

Por ejemplo, en la reforma al 135 se habla de que la tramitación compleja de los procesos judiciales duplica los plazos, que sin reforma, era de un año máximo de duración, ahora sería de 18 meses con seis prorrogables, y el juez tendrá 30 días para dictar sentencia.

En ese sentido, legalizan el hecho de que a algunos presos políticos los mantuvieron presos mucho tiempo sin siquiera ser acusados.

Tras información financiera

Por otra parte, en los cambios al artículo 211, quedará establecido que el juez podrá pedir información acerca de transacciones financieras a todo tipo de entidades, públicas o privadas.

Si urgiera, se podrán incautar o inmovilizar todos los bienes posibles, como activos, títulos valores, instrumentos negociables, certificados de depósitos, documentos, cuentas bancarias, entre otras.

Por último, y no menos importantes, según la reforma al artículo 99, el hecho de que un acusado no esté en el país, y sea declarado rebelde, eso no suspenderá el juicio, sino que será juzgado en ausencia y se le nombrará un abogado de oficio.

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