La Interpol no acataría órdenes de captura internacional del régimen contra exiliados, dicen expertos

Una orden de captura internacional del régimen solo confirmaría la persecución política de la que son víctimas los exiliados, la mayoría refugiados o asilados.

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Despacho 505
  • Managua, Nicaragua
  • septiembre 01, 2024
  • 10:00 AM

Será muy difícil que la Organización Internacional de Policía Criminal, mejor conocida como Interpol, le dé curso a una  solicitud de captura internacional de la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo contra un exiliado, ahora que pretende "transnacionalizar" la represión contra los opositores y defensores de derechos humanos que se encuentren fuera del país, opinan juristas y un experto en temas de seguridad consultados por DESPACHO 505.

La transnacionalización de la represión los dictadores la quieren hacer a través de una reforma al Código Penal, invocando el principio de universalidad, específicamente en el artículo 16 de la Ley 641, en el que establecen que "las leyes penales nicaragüenses serán también aplicables a los nicaragüenses o extranjeros que hayan cometido delito fuera del territorio nacional".

Entre otros, algunos de los delitos que desean incluir en esa situación son: lavado de activos, terrorismo, financiamiento al terrorismo, crimen organizado, tráfico de armas y municiones, ciberdelitos, delitos contra el Estado y sus instituciones, que son las fechorías que desde 2018 el régimen le viene achacando a quienes ha convertido en presos políticos y a otros opositores y activistas de derechos humanos que logaron salir al exilio y evitaron ser detenidos.

En ese sentido, surge la interrogante de ¿cuál será la actuación de la Interpol si la dictadura inventa una causa judicial a un exiliado y pide una orden de captura internacional?

¿Cómo funciona?

Un experto en temas de seguridad, quien pide anonimato, explicó a DESPACHO 505 que, con o sin reformas, la Interpol puede actuar bajo los oficios de una orden judicial tramitada a través de la instancia que represente la Oficina Central Nacional (OCN) que hay en cada país.

En Nicaragua, la encargada de esa oficina OCN es la comisionada mayor Martha Martínez, quien opera desde la sede principal de la Policía en Plaza El Sol.

El experto aclara que, para cualquier solicitud que realice la dictadura existe un procedimiento interno para avisar los resultados y toma un rol importante el sistema de justicia en coordinación con la instancia de Cancillería y Migración.

"Estas instancias deben hacer el estudio jurídico si aplica la extradición o no", indica el especialista.

Sería incongruente

La mayoría de los exiliados contra quienes el régimen quiere dirigir la represión transnacional son los rostros más visibles de la oposición, quienes han gestionado medidas de presión internacional contra los funcionarios del régimen.

El jurista Uriel Pineda no cree que una solicitud de orden de captura internacional del régimen pueda tener "mayor impacto" en la Interpo contra ningún exiliado porque cualquier solicitud del régimen en ese sentido solo confirmaría que existe una persecución política en contra la persona que sea solicitada.

Los refugiados o asilados en un país, añade Pineda, son personas protegidas internacionalmente, lo que implica que el país receptor tiene la obligación de otorgar un estatus migratorio a una persona que tiene amenazada su vida, libertad o integridad en su país de origen. "Al generarse una orden de captura, en todo caso reafirma la persecución", expresa Pineda.

Además, el jurista expone que hay dos aspectos en juego, uno la calificación de interpol y, dos, la voluntad política del Estado solicitante. "Ortega carece de legitimidad y eso es un factor determinante para que le hagan caso a esos requerimientos", afirma el también experto en derechos humanos.

La Interpol no puede acatar arbitrariedades

El defensor de derechos humanos Gonzalo Carrión comenta que la Interpol es una instancia que debe ceñirse estrictamente a un rigor de legalidad, pero no la legalidad cualquiera.

"Es decir, no la legalidad de una dictadura que aprueba leyes que se pasan llevando todo el ordenamiento constitucional y por supuesto que no respetan ningún derecho y garantía. La Interpol no se puede sujetar, en el contexto que vive Nicaragua, a darle curso a ordenes que son absolutamente arbitrarias", asevera Carrión.

Por ejemplo, señala Carrión, en su caso particular, junto a otras 93 personas, él fue procesado y condenado en ausencia por "traición a la patria", delito que nunca cometió, por lo fue despojado de la nacionalidad nicaragüense de una forma que le violentó la totalidad de sus derechos ciudadanos.

"A eso la Interpol no se puede prestar. Si pretenden transnacionalizar la persecución, pues la Interpol no se puede poner a ciegas a darle curso y activar luz roja por cuanto se le ronca a los señores de la arbitrariedad y a la madre de los abusos. Nada que no respete los derechos humanos de la población nicaragüense, incluyendo también extranjeros que puedan estar fuera del país, y alguna causa le quieran inventar, a nada de eso le puede dar curso la Interpol", recuerda Carrión.

El también jurista insiste en que la Interpol no puede darle curso a algo que puede poner en peligro la seguridad y la libertad de las personas, porque a la vez es poner en peligro la vida si se habla de personas perseguidas políticas.

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