Los extraños caminos de la vida
Homenaje al maestro José Luis Meilan Gil. Al igual que Eduardo García de Enterria, Jesús González Pérez, su muerte, constituye una gran pérdida del derecho administrativo iberoamericano.
- febrero 05, 2019
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Homenaje al maestro José Luis Meilan Gil. Al igual que Eduardo García de Enterria y Jesús González Pérez, su muerte, constituye una gran pérdida del derecho administrativo iberoamericano.
La vida tiene extraños caminos. Corría el año de mil novecientos noventa y dos, cuando inicie una maestría en historia en la Universidad Centroamericana. Ya había concluido a mediados de los años ochenta una licenciatura en historia, en la Universidad de Leningrado (hoy San Petersburgo), en la antigua Unión Soviética.
Mi tesis de grado de la maestría fue una investigación sobre “La influencia de las ideas de la ilustración en la Constitución de la República Federal de Centroamérica”. Tema fascinante y complejo, debido a que hasta los tiempos actuales en Nicaragua no se habían realizado estudios especializados que abordaran la influencia de la ideología de la Ilustración en la Constitución Federal de 1824.
Esta es una de las principales razones por lo que pensé que esta investigación podría llenar ese vació. A partir de ese propósito, me plante en ese trabajo conocer, cómo y por qué la ilustración llegó a ser la idea e ideología predominante en la Constitución Federal de Centroamérica.
Esto se traducía en la necesidad de comprender en la medida de lo posible primero: ¿El cómo la Ilustración incidió en España, y con posterioridad en Centroamérica?, segundo: ¿cómo estas ideas se manifestaron en la práctica?, y tercero: ¿cómo se plasmaron e institucionalizaron en el texto constitucional de 1824?
La tesis predominante era que la Constitución de la República Federal de Centroamérica, no se ajustaba a la realidad de Centroamérica, y que los Constituyentes habían actuado con un lirismo doctrinario que produjo graves y negativas consecuencias, especialmente el periodo de la anarquía.
Consideraba que esa crítica era válida, sin embargo habría que tener en cuenta para comprender esta actitud de nuestro constitucionalismo, en el periodo de la organización institucional posterior a la Independencia, que no era posible, en términos reales, la creación de modelos a la redacción de textos derivados de nuestra propia experiencia histórica y política, por lo que había de ser, en cierta forma ineludible, la adopción de fórmulas jurídicas importadas, que, resultado de la ideología que habían adoptado las “élites” nacionales, veían coronadas del prestigio intelectual, ideológico o político de los Estados “modernos”.
Así comprendida, la objeción adquiere su verdadera ubicación y su real sentido. El pretendido desajuste con la realidad, el invocado lirismo de los constituyentes, no fue una omisión o un error impensado, sino la consecuencia, buscada y requerida, de la voluntad de imponer un sistema normativo que representaba el esquema jurídico de una ideología política. Se produjo, en consecuencia, un frecuente conflicto, usando la expresión de Héller, entre normalidad y normatividad, porque en cierta forma y en determinadas materias reguladas por la Constitución. No se estaba creando derecho válido, sino sólo un plan de derecho para el futuro. Esta “oferta” –utilizando nuevamente la expresión de Héller – que el constituyente hacía a los destinatarios de las normas sólo producía naturalmente derecho vigente en la medida que las normas “salen de su existencia en el papel para confirmarse en la vida humana”.
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Con este punto de vista se comprende y se valora en forma adecuada la Constitución Federal de 1824. No pudo, es natural, regular la totalidad de una vida política basada en una realidad que no se ajustaba al esquema normativo previsto constitucionalmente. Las vicisitudes de nuestra vida institucional en la primera mitad del siglo XIX, no fueron causadas por la Constitución Federal, como la mayoría de los escritores conservadores aseveran, sino por profundas razones sociales y económicas.
Considero que cualquiera que hubiera sido la solución institucional, habría vivido igual un largo período de conmoción, de guerras civiles sucesivas y de falta de respeto por las soluciones basadas únicamente en el derecho y en la voluntad electoral.
Lo único que podría hacerse era elaborar una Constitución que significara un símbolo, querido y respetado, que fuera, lentamente, acostumbrando al país a vivir sometido a una organización constitucional, acompañado y encauzando un proceso de madurez política y de progreso económico y social.
Pero creó un orden jurídico, fundado en algunos principios en que aún hoy se asienta nuestro sistema, y sus normas básicas –contempladas casi siempre como un ideal y un objetivo necesario- ejercieron una constante docencia cívica, influyendo el proceso, lento y difícil, de perfeccionamiento cívico y político de la República.
Cuando llegue a la Universidad de Salamanca, España, a inicios del año dos mil, después de una breve estancia en Alemania, al programa de doctorado en derecho, pensé que después de los cursos, profundizaría en este tema y así terminaría mi tesis doctoral en Derecho Constitucional.
Recuerdo que estaba en la biblioteca de la universidad, cuando me encontré a Miguel Ángel Sendín García, quien era profesor del doctorado. Comenzamos a hablar sobre diferentes contenidos y me pregunto sobre qué tema escribiría la tesis. Después de escucharme, me dijo, en Nicaragua es más útil, que escribas sobre el tema de los servicios públicos.
En mis años de estudios de licenciatura en derecho, de manera irregular había estudiado derecho administrativo, debido a que el profesor raramente llegaba a impartir su cátedra.
Y, aun mas, los libros de textos de autores nicaragüenses: “Derecho Administrativo, Teórico y Positivo” de Idelfonso Palma Martínez y “Manual Elemental de Derecho Administrativo” de Armando Rizo Oyanguren me parecían de difícil lectura, y tenía la percepción que eran resúmenes de libros franceses y españoles.
No tenía motivación de escribir sobre los servicios públicos, además tenía una deambula formación en derecho administrativo.
Hubo un momento determinante: en Madrid, me encontré en el doctor Jaime Rodríguez Arana. Después de conversar largas horas, e invitarme a participar en el Foro Iberoamericano de derecho Administrativo (FIDA), tome la decisión de estudiar a profundidad esta materia y escribir la tesis sobre los servicios públicos.
Durante meses, me dedique, a estudiar los manuales clásicos de derecho administrativo, y, por esas casualidades, me encontré el libro de José Luis Milán Gil: "Clausula de progreso en los servicios públicos”.
En el congreso del Foro Iberoamericano de derecho administrativo, realizado en Guayaquil, en el año 2002, en la Universidad San Francisco de Quito, me encontré por primera vez al doctor José Luis Meilán Gil. Le converse sobre mi tesis, y muy amablemente me recomendó algunas lecturas, y temas que podría abordar.
Trabamos desde esa ocasión una amistad, que no solo tenía como punto en común el derecho administrativo. Le preocupaba Nicaragua, y su gente.
Cuando le propuse que me acompañara a redactar los proyectos de ley del régimen jurídico de las Administraciones públicas, procedimiento administrativo común y derecho de los ciudadanos, y el Código procesal contencioso administrativo, no dudo en apoyarme, al igual que lo hizo don Jesús González Pérez, Jaime Rodríguez, y muchos colegas perteneciente al Foro Iberoamericano de derecho administrativo.
Conversamos muchas horas, intercambiamos correspondencia, y siempre estaba atento a la aprobación de estos proyectos de ley.
Durante mi relación con el doctor José Luis Meilán Gil, aprendí, que las personas, independientemente de la ideología, de su filosofía política, debe de tener un espíritu de servicio, de hacer las cosas bien. Me aconsejo moderar mi carácter, así como bajar de peso, y sobre todo amar a la familia y a Dios.
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Y, me sugirió que independientemente de las dificultades de mi país, que mi obra se debía de concentrar en el desarrollo del derecho administrativo nicaragüense, formar una escuela de pensamiento, de reflexión sobre esta materia, trabajar incansablemente por este objetivo, para contribuir al desarrollo de esta sociedad.
Hasta el momento, sus consejos y sugerencia las he tomado muy en serio; y, constituyen un compromiso, incluso el bajar de peso, ya que siempre que lo encontraba me decía por tu salud Karlos, esta joven aun.
Al igual que Eduardo García de Enterria, Jesús González Pérez, su muerte, constituye una gran pérdida del derecho administrativo iberoamericano.
Nota: El presente artículo es responsabilidad exclusiva de su autor. La sección Voces es una contribución al debate público sobre temas que nos afectan como sociedad. Lo planteado en el contenido no representa la visión de Despacho 505 o la de su línea editorial. La publicación no significa que este medio valide los argumentos o considere las opiniones como cierta.