Nicaragua celebra victoria en La Haya y abre la puerta a un acuerdo con Colombia sobre los derechos de pesca de la población de San Andrés y Providencia
Managua reafirma que Bogotá adoptó una “conducta ilegal” en sus aguas y se declara como el único soberano para extender permisos de pesca, exploración y explotación en sus áreas.
![None](/media/news/9764-ZKTHWAPG7RHLJHTPQ5W4ZV44FI.jpg)
![default.png](/static/images/user-default.png)
- abril 21, 2022
- 06:17 AM
- Despacho 505
- Copyright Despacho 505
El Gobierno de Nicaragua celebró el fallo emitido este jueves por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), donde concluye que Colombia ha violado “la soberanía y la jurisdicción” de Nicaragua en su propia Zona Económica Exclusiva (ZEE) en el Caribe al autorizar actividades de pesca en aguas nicaragüenses, y ordenó a Bogotá “cesar de forma inmediata” su conducta.
En un comunicado firmado por Daniel Ortega y Rosario Murillo, Managua destaca que la Corte "ha dictado una sentencia firme, definitiva y de obligatorio cumplimiento en la que da la razón a Nicaragua al confirmar que Colombia implementó una política de estado que ha violado la jurisdicción y los derechos soberanos de Nicaragua".
En detalle, la Corte consideró como una violación a la soberanía nicaraguense de parte de Colombia el interferir con las actividades de pesca, investigación científica marina y operaciones navales de Nicaragua en su zona económica exclusiva; intentar imponer medidas de conservación a los recursos naturales y medio ambiente marino de Nicaragua; autorizar actividades de pesca en la zona económica exclusiva de Nicaragua; y emitir el Decreto Presidencial 1946 del 9 de septiembre de 2013.
MÁS NOTICIAS: Presidente Duque dice no permitirá a Nicaragua limitar los derechos de Colombia en el Caribe
"La Corte Internacional de Justicia ha ordenado a Colombia cesar su conducta ilegal en todos los aspectos mencionados y reformar su legislación de conformidad al derecho internacional consuetudinario, en particular las provisiones del Decreto Presidencial 1946 y sus reformas, de tal forma que las mismas no abarquen áreas pertenecientes a Nicaragua ni tampoco se arrojen facultades incompatibles con el derecho internacional", indicó Managua en su declaración.
El decreto presidencial colombiano de 2013 que estableció una "zona contigua integral" desde el continente hasta el archipiélago, en el que se omite la delimitación fijada por la Corte en un fallo anterior de 2012 (reafirmado hoy por el tribunal), “no se ajusta al derecho internacional consuetudinario”, según la sentencia.
ORTEGA ABIERTO A UN ACUERDO BILATERAL
El Alto Tribunal de Naciones Unidos confirmó que Nicaragua no ha violado derecho alguno de pesca histórico de la población raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia. La Corte pidió a ambos países buscar acuerdos bilaterales sobre la situación de la comunidad raizal, para que esta pueda acceder y explotar sus bancos de pesca tradicionales en aguas nicaragüenses.
Nicaragua declara así como el Estado soberano para extender permisos de pesca, y cualquier permiso de exploración y explotación de los recursos en sus áreas, así como de conservar el medio ambiente marino de toda su zona económica exclusiva que abarca hasta 200 millas náuticas desde sus costas tras el fallo de delimitación marítima de 2012.
En ese sentido, el Gobierno de Nicaragua reiteró su interés de "abordar bilateralmente por la vía de un acuerdo la situación de la población raizal del Archipiélago".
ANTECEDENTES
Este fallo tiene sus orígenes en una sentencia del CIJ emitida en 2012, por la que Colombia mantuvo la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, del cual también hacen parte los cayos de Roncador, Serrana, Serranilla, Bajonuevo, Alburquerque, Cayo Este-Sudeste y Quitasueño.
Igualmente conservó doce millas náuticas del agua que rodea estos territorios, pero perdió con Nicaragua casi 75.000 kilómetros cuadrados de mar de zona económica.
MÁS NOTICIAS: Colombia interpreta que “mantiene la libertad de navegación” tras el fallo de la CIJ
Nicaragua denunció entonces ante la CIJ que Colombia había violado el derecho internacional por no aplicar esa sentencia porque su Armada hace operaciones en aguas caribeñas que no le corresponden y Bogotá expidió el decreto que estableció una "zona contigua integral".
En respuesta, Colombia contrademandó a Nicaragua ante la CIJ alegando que ese país "ha violado los derechos de pesca artesanal de los habitantes del archipiélago, en particular de la comunidad raizal", pues sus bancos de pesca tradicionales quedaron fuera de las 12 millas náuticas estipuladas en el fallo anterior.
Sin embargo, la Corte ha confirmado que Nicaragua no ha violado derecho alguno de pesca histórico de la población raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia.