Suspensión de sentencia no elimina criminalización de defensores de DD.HH

María Oviedo es la primera abogada nicaragüense llevada a juicio por ejercer su profesión y pertenecer a un organismo defensor de derechos humanos.

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  • septiembre 02, 2019
  • 08:45 AM

María Oviedo es la primera abogada llevada a juicio por ejercer su profesión y pertenecer a un organismo defensor de derechos humanos.

La suspensión de ejecución de sentencia en beneficio de la abogada María Oviedo, dictada por juez Nalía Úbeda, titular del juzgado tercero local penal de Managua, marca un precedente jurídico negativo que criminaliza el derecho a la defensa.

“La sentencia es arbitraria, aunque tenga una pena mínima establece un precedente jurídico negativo que está criminalizando el derecho a defender en su condición de abogada y de ser parte de un organismo defensor de derechos humanos”, expresó Juanita Jiménez, defensora de los derechos de las mujeres.

Oviedo, declarada culpable de obstrucción de justicia, fue sentenciada a 30 días de cárcel, pero por ser menor la pena mínima la jueza le otorgó el beneficio de suspensión de sentencia, es decir que la abogada no será enviada a prisión, pero permanecerá bajo arresto domiciliar.

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María Oviedo fue procesada por el delito de obstrucción de funciones policiales en perjuicio del jefe de la Dirección Armas y Explosivos e Incendio de la Policía en Masaya.

Juanita Jiménez señaló que ese proceso desde el inicio no tenía asidero legal, tomando en cuenta que Oviedo reaccionó ante un acto de abuso cometido por el teniente Óscar Danilo López cuando la defensora realizaba una diligencia en favor de uno de sus representados.

LA SUSPENSIÓN NO ES UN BENEFICIO

“No puede caber el irrespeto a la autoridad desde que él violenta derechos pierde autoridad y la persona, sea cualquier ciudadano, responde ante un acto de abuso policial. Que ella le pegara la cachetada no constituye delito porque en el contexto que se da es defenderse a una agresión. Nunca debió ser llevada en el ámbito penal porque no constituye ni falta ni delito”, expresó Jiménez.

El hecho más preocupante para la defensora es que “evidencia que en el fondo hay una intencionalidad de criminalizar el ejercicio de defensora como profesional del derecho”. El teniente policial también se quejó de Oviedo en la Corte Suprema de Justicia donde solicitó la suspensión de su ejercicio profesional.

“La suspensión de la condena está establecido legalmente eso en término de procedimiento penal es lo que corresponde. No se le está beneficiando de nada. Se está aplicando el procedimiento que establece la ley aunque llama la atención que en vez de absolverla le aplican una pena que es absurda”, argumentó.

La suspensión de la pena para Jiménez se debió a la presión nacional e internacional.

El caso de Oviedo es el primero que se registra cen el contexto de la crisis socio política que desde abril del 2018 vive Nicaragua. La persecución y el hostigamiento contra los defensores de derechos humanos ha sido la tónica obligando a algunos a exiliarse.

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Aun con la suspensión de la sentencia para Oviedo su récord policial quedará manchado pues el fallo en torno al juicio por el delito de obstrucción de funciones policiales en perjuicio del jefe de la Dirección Armas y Explosivos e Incendio de Masaya, fue culpable.

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