La Corte preparó con meses de antelación la purga masiva de abogados en Nicaragua

La purga de abogados ejecutada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no fue una decisión improvisada ni el resultado de una depuración administrativa. Fue una operación planificada, ejecutada por etapas bajo las órdenes expresas de Rosario Murillo.

Mucho antes de que cientos de profesionales desaparecieran del Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos, la orden comenzó a llegar a los juzgados del país.

La circular fechada el 19 de marzo de 2026, cuya copia ha circulado esta semana entre los abogados afectados, instruyó a magistrados, jueces, secretarios y demás funcionarios judiciales a verificar, antes de admitir cualquier escrito o actuación, que los abogados estuvieran habilitados en la Plataforma de Consulta de Abogados del Sistema Judicial.

La directriz era clara: quien no apareciera como autorizado quedaría automáticamente excluido de cualquier gestión ante los tribunales. La disposición anticipó, la purga que entre finales de junio y principios de julio dejó fuera del ejercicio profesional a cientos de abogados. El documento revela que la depuración fue ejecutada de manera escalonada.

La instrucción, firmada por Roger Eduardo Martínez Domínguez, el ahora poderoso secretario técnico del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, establecía que ningún funcionario podía recibir escritos, entregar documentos, programar audiencias o prestar cualquier servicio relacionado con un proceso judicial sin comprobar el estatus del profesional.

La instrucción: si el abogado no contaba con autorización vigente o aparecía suspendido, no recibiría ningún servicio.

La medida fue orientada como una acción para fortalecer la «seguridad jurídica» y garantizar que la representación legal fuera ejercida por «profesionales autorizados»; sin embargo con esa circular se creó el mecanismo que posteriormente permitiría bloquear el acceso de los abogados a los tribunales sin necesidad de una resolución.

En las últimas semanas una cantidad aun no determinada de profesionales comenzaron a descubrir que habían desaparecido del registro oficial. Algunos lo comprobaron cuando intentaron presentar demandas o recursos; otros, al solicitar papel sellado o consultar la plataforma electrónica del Poder Judicial. La mayoría no fue informado de un procedimiento disciplinario, otros han recibido notificaciones expresas en las que les informan que quedan inhabilitados de manera indefinida del ejercicio profesional por supuestas denuncias que no constan en ningún registro, y les ordenan entregar sellos, protocolos, carné y hasta el título profesional.

Operación inició desde hace 8 meses

La depuración terminó alcanzando a abogados litigantes, exjueces, exfuncionarios judiciales y defensores fichados mediante una depuración política.

«Es claro que esto lo venían preparando desde hace tiempo. Yo tenía ocho meses sin poder ejercer porque dejaron de autorizarme el protocolo», afirma a DESPACHO 505 una abogada con 15 años de experiencia.

Su caso no es aislado. Este medio conversó con al menos seis abogados que ya habían cumplido el quinquenio y, conforme a la normativa vigente, les correspondía obtener la autorización de sus protocolos notariales. Sin embargo, todos llevaban meses esperando una aprobación que nunca llegó. Sus testimonios apuntan a un mismo patrón: la purga no comenzó con la desaparición de cientos de nombres del Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos, sino mucho antes, mediante restricciones administrativas que fueron cerrándoles, de forma gradual, el acceso al ejercicio de la profesión.

Con la circular de marzo, la Corte convirtió la verificación del registro en un requisito obligatorio para cualquier actuación judicial y creó un filtro que permitió impedir el ejercicio profesional de quienes dejaran de figurar como autorizados, sin necesidad de cerrar los tribunales ni modificar la ley.

Para organizaciones de derechos humanos y juristas independientes, la medida consolidó un nuevo mecanismo de control sobre la profesión jurídica, al subordinar el acceso a la justicia a una autorización administrativa que podía ser retirada sin garantías de debido proceso.