Excarcelados siguen como rehenes del régimen
Pasando por encima de la Ley de Amnistía orteguista y poniendo en evidencia la instrumentalización del Poder Judicial, jueces archivan causas penales contra presos políticos liberados en vez del sobreseimiento que corresponde , los mantienen como rehenes, denuncia la Alianza Cívica.
La Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia (ACJD) denunció que los ciudadanos liberados bajo el amparo de la Ley de Amnistía continuarán siendo rehenes del gobierno de Daniel Ortega, “pues no gozan de una libertad plena conforme se convino en el acuerdo suscrito el pasado 27 de marzo del presente año”, y según manda la misma norma aprobada de forma unilateral por el orteguismo.
Al archivar las causasde presos políticos, “suspenden los efectos de las medidas cautelares ymandan a borrar antecedentes, pero no sobreseen a los acusados, con lo cual garantizanen beneficio del régimen, poder volver abrir dichas causas durante un periodode un año conforme lo dispone el artículo 268 Código Procesal Penal”, señala laorganización cívica.
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“Los excarceladoscontinuarán siendo rehenes del gobierno”, subraya.
El Poder Judicial no admitió un recurso de reposición paraque los jueces dicten sentencia de sobreseimiento definitiva y devuelvan losbienes decomisados a los presos políticos.
A través de un comunicado, la Alianza Cívica señaló que los “recursosno fueron admitidos, al declararlos ilegalmente ´inadmisibles´, por lo que hanprocedido a interponer Recursos de Nulidad por violación del procedimientoprevisto en nuestra legislación”.
INSTITUCIONES COMO BRAZOSREPRESORES
La Alianza Cívica, señala que la actuación del PoderJudicial denota “la consolidación de un estado policial que utiliza todos lospoderes del Estado para reprimir y criminalizar la protesta cívica y ladisidencia en nuestro país, en franca violación de los derechos y garantíasconstitucionales de todos los nicaragüenses”.
“Los jueces en complicidad con el régimen están evadiendo dictar conforme lo establece el artículo 156 Código Procesal Penal, sentencias de sobreseimiento que tienen como efecto jurídico y legal, cerrar irrevocablemente el proceso en relación con los acusados, impedir una nueva persecución de estos por el mismo hecho y hacer cesar todas las medidas cautelares que contra los mismos hayan sido dispuestas, incluida la devolución de los bienes incautados”, señala el comunicado.
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Asimismo exigieron que el Poder Judicial debe serindependiente, ya que solo debe obediencia a la Constitución y a las leyes, ytanto magistrados como jueces, en su actividad judicial “deben serindependientes y se deben regir por los principios de igualdad, celeridad yderecho a la defensa”.
De acuerdo a los argumentos presentados por los abogados dela Alianza Cívica, en el artículo 130 del Código Penal establece que “una delas causas que extingue la responsabilidad penal, es la amnistía, la cualextingue por completo las penas principales y accesorias y todos sus efectos.En coherencia con la disposición legal, el artículo 72, numeral 10 del CódigoProcesal Penal (CPP) vigente, dispone en forma expresa, que la acción penal seextingue por la amnistía”.
Sin embargo, hasta ahora la Corte Suprema de Justicia se ha engavetado tres recursos por inconstitucionalidad en contra de la ley de amnistía, al declararlas nula.
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Karla Sequeira, de la CPDH, está consciente del silencio dela Corte Suprema de Nicaragua, pero explica que como organismo de derechos humanoses un paso necesario ya que “tenemos que agotar la vía interna” para luegopasar a instancias internacionales.



