Megaredada contra motociclistas: 100 detenidos en Managua acusados de participar en carreras ilegales
Un operativo policial dejó a al menos 100 personas detenidas por supuestamente participar en carreras ilegales de motocicleta durante el fin de semana en distintos puntos de Managua.
La noche del domingo 4 de enero, agentes de tránsito de la Policía realizaron un operativo en el kilómetro 9 de la carretera Panamericana Sur, Pista Suburbana, carretera a Masaya y cerca del Puerto Salvador Allende, puntos de la capital donde spobladores habían presentado quejas por el ruido y la peligrosidad de carreras clandestinas de moto.
De acerudo con la información difundida en medios oficialistas, entre los arrestados, varios no portaban licencia de conducir y tampoco documentos en regla de las motocicletas.
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Además, se informó que la noche del sábado 3 de enero, dos motociclistas que participaban en carreras ilegales protagonizaron un altercado que terminó en golpes.
Según medios oficialistas, Roger Mendieta, organizador de estas competencias, había apostado su motocicleta en un duelo con otro participante. Al finalizar, Mendieta perdió y se negó a entregarla al ganador, lo que derivó en una discusión que escaló hasta la violencia física.
Aunque las autoridades policiales aún no han emitido un comunicado oficial, extraoficialmente se conoció que se está revisando la situación de varios de los detenidos. Algunos podrían enfrentar cargos por exponer a otras personas al peligro y por graves infracciones a la Ley de Tránsito.
Antecedentes de cárcel por conducción temeraria
En junio de 2025, dos jóvenes de Jalapa, Nueva Segovia, fueron los primeros conductores enjuiciados por conducción temeraria tras la puesta en marcha de las nuevas reglas de tránsito ordenadas por Daniel Ortega, como método para reducir la accidentalidad en Nicaragua.
La conducción temeraria es una infracción clasificada como grave que Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, Ley 856 de reforma y adición de la Ley 431, castiga con una multa de 3.000 córdobas. Entre las conductas indebidas que aplican bajo esta figura está el exceso de velocidad, aventajar en pendientes, curvas o puentes; realizar maniobras acrobáticas con el vehículo en la vía pública y cualquier otra conducta "que sea ejecutada por los conductores con manifiesto desprecio por la vida, la integridad física de las personas, sus bienes o con notoria y deliberada transgresión a las normas de tránsito".
La ley contempla que al margen de la sanción económica la infracción pueda ser escalada al ámbito penal. En este caso, el delito está contemplado en el artículo 159 del Código Penal nicaragüense, que castiga con penas de 6 meses a 2 años de prisión a quien exponga al peligro la vida o integridad de otra persona.



