Dictadura impondrá multas de hasta medio millón de córdobas a bancos que no entreguen información de usuarios
Las multas quedan establecidas en el nuevo reglamento de la UAf, que podrá pedir a la Policía que obligue a instituciones financieras a entregar la información que soliciten si les fuera negada.
- Managua, Nicaragua
- enero 15, 2025
- 01:59 PM
- Despacho 505
- Copyright Despacho 505
La Unidad de Análisis Financiero (UAF) podrá imponer multas de hasta más de medio millón de córdobas a bancos, microfinancieras y personas naturales que incumplan nuevas reglas de sometimiento, según la reforma al reglamento de la UAF dictada este miércoles por el régimen de Ortega.
La Gaceta, Diario Oficial de este 15 de enero de 2025, publicó el Decreto Presidencial 01-2025, con el cual el dictador Ortega modifica el “Reglamento de la Ley No. 976, Ley de la Unidad de Análisis Financiero (UAF)”.
Entre las reformas, destacan los cambios al artículo 25, que ahora establece que las sanciones administrativas serán impuestas a las instituciones, sus directores, gerentes administrativos y oficiales de cumplimiento, de acuerdo con la gravedad de las infracciones.
Las sanciones varían desde 8,000 hasta 15,000 "unidades de multa", lo que equivale a multas entre C$270,000 y C$506,250, para las infracciones más graves.
Las sanciones no se limitan a las multas económicas; también incluyen la separación definitiva del cargo de los oficiales de cumplimiento, el cierre de operaciones de la institución sancionada y la cancelación de la inscripción en el Registro de Sujetos Obligados. Además, el reglamento establece diferentes tipos de sanciones: leves, graves y muy graves, con penalizaciones que varían en función de la infracción cometida.
LEA TAMBIÉN | Aprueban ley que blinda a sancionados y pone en riesgo de quiebra a los bancos
Aunque no se especifican las infracciones "leves, graves y muy graves", la reforma introduce nuevos procedimientos, como la obligación de las instituciones financieras de entregar información a la UAF en plazos estrictos. Si no cumplen, se podrán ver obligadas a hacerlo con la intervención de la Policía.
Además, el artículo 15 reformado establece la inscripción obligatoria de todas las personas naturales y jurídicas en la UAF, bajo amenaza de sanciones severas si no cumplen con este requisito.
Otros cambios legislativos para favorecer a sancionados
La reforma, que forma parte de un proceso más amplio de cambios legislativos impulsados por el régimen Ortega-Murillo, busca presionar a las instituciones bancarias para que restablezcan relaciones con operadores políticos sancionados por Estados Unidos y la Unión Europea. A lo largo del último año, el régimen ha modificado varias leyes clave, como la Ley General del Banco Central de Nicaragua (BCN) y la Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIBOIF), con el fin de centralizar el control sobre el sistema financiero del país.
El 25 de noviembre del año pasado, el régimen ordenó a la Asamblea Nacional aprobar la llamada Ley de Protección de Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones, conocida como "Ley de los Sancionados", con la que intenta proteger a sus funcionarios y operadores políticos sancionados para que pueden hacer uso del sistema bancario nacional.
Dicha ley, han advertido economistas, ademá de anular el sigilo bancario, pone en peligro el sistema financiero nacional porque al obligar a los bancos a establecer relaciones con sancionados violan las medidas de Estados Unidos y la Unión Europa, por lo que las corresponsalías internacionales estarían en riesgo.
A pesar de estas reformas, analistas económicos han advertido que las nuevas medidas podrían poner en riesgo el sistema financiero nacional al obligar a los bancos a violar las sanciones internacionales. Sin embargo, algunas señales recientes sugieren que el régimen podría estar retrocediendo en su impulso hacia la violación de sanciones, especialmente en lo que respecta a la protección de la circulación de remesas y fondos internacionales.