Embajada de Estados Unidos alerta a viajeros sobre prohibición de drones en Nicaragua

Ingresar un dron a Nicaragua sin permiso de la Presidencia podría traer sanciones penales a los viajeros, además del decomiso del artefacto.

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Tener un dron es un delito en Nicaragua. CORTESÍA / DESPACHO 505
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Despacho 505
  • Managua, Nicaragua
  • enero 03, 2025
  • 01:57 PM

La embajada de los Estados Unidos en Managua emitió una alerta de viaje sobre la prohibición del uso de drones en Nicaragua y la aplicación de sanciones penales por posesión de estos artefactos no tripulados.

“Los drones están prohibidos en Nicaragua desde 2014, en virtud de un aviso administrativo emitido por el Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil”, publicó la embajada en su sitio web.

El pasado 11 de diciembre, la Asamblea Nacional aprobó la “Ley para la regulación y uso de recursos aéreos, navales y terrestres no tripulados” enviada por el dictador Daniel Ortega con carácter de urgencia.

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La Ley para regulación y empleo de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados prohíbe la tenencia y el sobrevuelo de estos artefactos en el país y en particular en puntos sensibles, como el espacio aéreo de la residencia y despacho de Ortega y Murillo en el residencial El Carmen, en Managua.

También restringen el sobrevuelo de artefactos sobre instituciones estatales como la Jefatura Nacional de la Policía, la Comandancia General del Ejército de Nicaragua, entre otras.

La nueva norma clasifica los drones como “una amenaza y riesgo” para la paz, soberanía, independencia, autodeterminación, e integridad territorial.

Drones deberán ser entregados al Ministerio del Interior

Las personas naturales o jurídicas que tengan drones, deberán entregarlos al Ministerio del Interior (Mint) en un plazo de 30 días, que vence el 11 de enero de 2025.

En el artículo 3 se establece que la Presidencia de la República que ahora comparten el dictador de 79 años y su mujer Rosario Murillo, es la “única entidad que puede autorizar y el empleo de estos medios” que pueden ser aéreos, navales o terrestres.

De acuerdo con la Ley, las únicas instituciones autorizadas para ingresar y emplear medios no tripulados son el Ejército, la Policía y el Ministerio del Interior “para fines de la seguridad y defensa nacional, así como para la seguridad ciudadana”.

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Además, se creó una oficina para la vigilancia y control sobre el uso de drones en Nicaragua, que estará adscrita al Ministerio del Interior.

La Dirección General de Servicios Aduaneros, antes del 11 de enero, deberá presentar a la Autoridad de Aplicación el registro y bases de datos de medios aéreos no tripulados que han ingresado al país cumpliendo la tramitología de los servicios aduaneros.

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