La dictadura tendrá acceso por ley a la información bancaria de cualquier persona en Nicaragua
La dictadura establecerá por ley el "espionaje financiero" a ciudadanos, organizaciones o empresas sin necesidad de una orden judicial.
- Managua, Nicaragua
- diciembre 23, 2024
- 12:37 PM
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El dictador Daniel Ortega envió a la Asamblea Nacional una iniciativa de “Ley de Administración del Sistema Monetario y Financiero” con la que tendrá acceso a la información bancaria de cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que se encuentre en territorio nicaragüense.
“Toda persona natural o jurídica con residencia o domicilio en el territorio nicaragüense, sea nacional o extranjera, está obligada a proporcionar al Banco Central y a la Superintendencia de Bancos o a las entidades o personas designadas por estos la información económica, financiera, estadística y de carácter regulatorio que se les solicite en los formatos y plazos establecidos”, indica el artículo 24 de la ley.
Ortega asegura que el Banco Central y la Superintendencia "mantendrán la protección de esta información" sobre la base de la ley de la materia.
La iniciativa fue enviada a la Asamblea Nacional el pasado 19 de diciembre, cuando el Parlamento había clausurado el año legislativo. Salvo sorpresa, se espera que le ley sea aprobada en enero.
Espionaje bancario sin necesidad de orden judicial
Según el dictador, esta iniciativa tiene como objetivo establecer el régimen regulatorio de la denominada “Administración del sistema monetario y financiero de Nicaragua”.
Para esto se creará una especie de “superdependencia” que estará compuesta por un Consejo Directivo integrado por las principales fichas de la dictadura en materia económica: el presidente del Banco Central (Ovidio Reyes), el superintendente de Bancos (Luis Ángel Montenegro), el ministro de Hacienda (Bruno Gallardo) y otros cuatro miembros no ejecutivos.
Además, a esa Administración se integran como instituciones al Banco Central y a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif).
La dictadura se garantizará a través de esta ley acceso a información sensible de los ciudadanos, organizaciones o empresas sin necesidad de una orden judicial, aunque, según Ortega, estas autoridades designadas por él estarán obligadas a guardar el sigilo bancario.
"Los miembros del Consejo Directivo, Administración Superior y empleados del Banco Central y de la Superintendencia estarán obligados a guardar sigilo sobre las informaciones, documentos y operaciones de naturaleza reservada o privada, que tengan conocimiento en virtud del ejercicio de sus funciones", dice el artículo 25 de la iniciativa, aunque a la hora de establecer la obligatoriedad de entrega de información financiera personal no menciona explícitamente la necesidad de la orden de un juez.
La iniciativa de ley en el artículo 137 establece que las autoridades podrán solicitar apoyo de las fuerzas públicas si encuentra obstáculos o resistencia en el cumplimiento de las funciones de supervisión, inspección o vigilancia a su cargo.
“Para tales efectos, la fuerza pública estará obligada a prestar a la Superintendencia todo el auxilio necesario, sin perjuicio de las responsabilidades legales en que hubieren incurrido los infractores”, advierte.