El hombre que mató a su caballo en Jinotega, es un delincuente reincidente "premiado" por la Justicia Orteguista

Darwin Rizo Castillo debía estar preso. En 2021 intentó matar a su padre, fue condenado a 3 años de prisión, pero dos meses después fue liberado por una juez orteguista. Este lunes 28 de octubre enfrentará audiencia preliminar

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Despacho 505
  • octubre 27, 2024
  • 03:36 AM

Darwin de Jesús Rizo Castillo fue arrestado un día después de matar a su caballo y dejarlo abandonado en una calle de la ciudad de Jinotega, en el norte de Nicaragua. La imagen del cadáver ensangrentado del equino con el que el hombre había asistido a un desfile hípico el domingo 20 de octubre provocó un repudio virtual masivo que apenas se aplacó cuando fue circulada la de él tirado en la tina de una patrulla policial, como prueba de una acción ejemplar de la autoridad. 

Lo que la Policía ha callado es el extenso historial de violencia que tiene Rizo Castellón y que comenzó a engrosar siendo un adolescente. Actualmente, con 36 años de edad, este hombre acumula al menos diez procesos en los Juzgados de Estelí, sin incluir el caso por maltrato animal que lo colocó en el ojo público y por el que este 28 de octubre será llevado a audiencia preliminar en el Juzgado Local Penal de Jinotega.

En realidad, Rizo Castillo debía estar preso. En 2021 fue encontrado culpable de tentativa de homicidio y sentenciado a 3 años de prisión que tenían fecha de caducidad en diciembre próximo. La víctima: su propio padre. Recuperó la libertad apenas dos meses después. 

Salió a los dos meses de ser condenado por tentativa de homicidio

Las acusaciones que enfrentado el autor de la muerte del caballo entre 2013 y 20244 han sido por delitos relacionados con violencia y amenazas de muerte, en tres de esos casos aparecen como vícrimas sus padres, Carlos Ramón Rizo Zeledón, de 56 años, y Sonia Castillo Gutiérrez, de 64.

El caso por el que debería estar en la cárcel ocurrió el 28 de julio de 2021, fecha en que Rizo Castillo intentó atacar a su papá con un machete luego de que le reclamara por unas medicinas y provisiones que le había encargado. Fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión, pero la jueza Mercedes Elisa Jirón le otorgó libertad condicional solo dos meses después, decisión que fue respaldada por el Tribunal de Apelaciones de Estelí.

En el expediente judicial de Rizo Castillo que data desde que tenío 15 años de edad por maltrato y robo a su madre, aparecen acusaciones por homicidio en grado de tentativa, amenazas, agresiones, violencia psicológica y tenencia ilegal de armas. Sin embargo, ha recibido beneficios legales que le han permitido eludir la prisión, incluyendo suspensiones condicionales de la pena y el archivo de casos. 

Consta en los documentos oficiales que tenía una orden de captura desde junio de 2022 por homicidio en grado de frustración en perjuicio de un hombre de nombre José Francisco Monjarret que nunca se ejecutó. También ha agredido física y verbalmente a otras mujeres, incluida una tía y a otra mujer cuyas identidades nos reservamos ya que consta que en su momento han desistido de los procesos por intimidación o mediación.

Este historial de violencia ha quedado mayormente impune bajo el principio de oportunidad, y muchos casos han sido cerrados y archivados. En el caso por maltrato animal que protagonizó tras el desfile ecuestre por el 133 aniversario de fundación de la ciudad de Jinotega, la presión social obligó a las autoridades a llevarlo a prisión y, según corresponde, la Fiscalía presentó una acusación en su contra en el Juzgado Local Penal de Jinotega a cargo de la jueza Diana Jarquín Valle.

En Nicaragua, el castigo maltrato animal en sus diversas expresiones está contemplado en el artículo 391 de la Ley 747, Ley de Protección y Bienestar Animal. En este artículo se establece que dependiendo de la gravedad las sanciones van desde el pago de 100 a 300 días de salario mínimo. El castigo de cárcel no está contemplado para personas que causen daño físico, trabajo excesivo o situaciones de estrés a los animales que puedan afectar su salud o causar su muerte. Ese fallo en la norma se debe a la falta de reglamentación de la misma y es derivado de la inoperancia del Estado que permite la impunidad en estos casos.

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