Ortega manda a eliminar los cobros de la Cinemateca por realizar filmaciones en Nicaragua

La dictadura echó pie atrás a la reforma de Ley 1191 que pretendía cobrar tarifas de hasta 4,000 córdobas por realizar filmaciones en Nicaragua

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  • marzo 11, 2024
  • 08:00 AM

El dictador Daniel Ortega echó pie atrás a los cobros por realizar producciones audiovisuales en Nicaragua que debían ser enterados a la Cinemateca Nacional, por medio de una nueva iniciativa de reforma a la Ley 909, Ley Creadora de la Cinemateca Nacional.

El argumento de Ortega es que quiere "fortalecer y hacer más accesible" el desarrollo de actividades cinematográfica y audiovisual en Nicaragua como parte de la promoción artística.

"En la revisión de las políticas públicas del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional en relación a la promoción del arte cinematográfica y audiovisual nicaragüense, y en aras de fortalecer y hacer más accesible el desarrollo de las actividades artísticas para el pueblo de Nicaragua, ha decidido derogar la Ley No. 1191, Ley de Reforma a la Ley No. 909, Ley Creadora de la Cinemateca Nacional", expresa la iniciativa de Ley enviada a la Asamblea Nacional.

Con la reforma, la dictadura había publicado el pasado 5 de febrero en la Gaceta, las nuevas tarifas que debían pagar las personas naturales o jurídicas que pretendieran realizar producción audiovisual en Nicaragua.

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La iniciativa de Ley consta de dos artículos, el primero de ello para derogar la reforma de Ley 1191 que fue publicada en la Gaceta el 5 de febrero de este año, y el segundo artículo que se refiere a la vigencia de esta derogación, la que será a partir de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

LAS TASAS DEROGADAS

La reforma de Ley 1191, aprobada el pasado 30 de enero de 2024 , establecía tasa (pago de impuesto) por la autorización de la Cinemateca para realizar producción de material audiovisual, cuyos precios oscilaban entre los 2,500 y los 4,000 córdobas para las personas naturales y jurídicas extranjeras por grabar en Nicaragua.

También imponía el cobro por la producción de una obra audiovisual o cinematográfica de 3,000 córdobas a cualquier persona natural o jurídica de Nicaragua.

Asimismo, para obtener un permiso para distribuir obras audiovisuales o cinematográficas se debía pagar entre 500 y mil córdobas. La exhibición de dichas obras oscilaba entre mil y 2,000 córdobas.

La reforma derogada establecía que las tasas serían actualizadas anualmente por la Cinemateca Nacional tomando como referencia el mayor entre la devaluación anual del tipo de cambio oficial del córdoba con respecto al dólar y la tasa de inflación anual del Índice de Precios al Consumidores, que publica el Banco Central de Nicaragua cada año.

Los ingresos generados formarían parte de del presupuesto de la Cinemateca Nacional.

CENSURAR LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL

En octubre del 2022, el régimen había otorgó el poder a la Cinemateca Nacional para controlar y censurar la producción nacional y extranjera independiente de audiovisuales.

En la reforma de ese año, la Cinemateca fue facultada para “autorizar la preproducción, producción, realización o filmación, exhibición y distribución de proyectos audiovisuales y cinematográficos nacionales o extranjeros, en Nicaragua”.

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Con esa reforma, expertos consultados por DESPACHO 505 refirieron que la medida fue aprobada para controlar el trabajo que realizan los productores y cineastas nacionales y extranjeros en el país.

"Esos cambios eran para crear una ´súper Cinemateca´, la cual llevará un control de todas las personas naturales y extranjeras que pretendan realizar actividades audiovisuales en el país".

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