CPDH recurre contra Ley Energética

Reforma aprobada por la Asamblea Nacional permite la instrumentalización del Poder Judicial a favor de Unión Fenosa, por esa razón la CPDH recurre contra Ley Energética.

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  • noviembre 07, 2019
  • 12:21 PM

Reforma aprobada por la Asamblea Nacional permite la instrumentalización del Poder Judicial a favor de Unión Fenosa, por esa razón la CPDH recurre contra Ley Energética.

La Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) interpuso este jueves, ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), un recurso por inconstitucionalidad en contra de la recién reformada Ley de Estabilidad Energética, Ley 554, publicada este miércoles en La Gaceta Diario Oficial.

“Estamos haciendo esto, porque con esta ley se pretende que haya dos tipos de ciudadanos y en este sentido, creemos que hay discriminación en cuanto a la aplicación de esta ley”, dijo Marcos Carmona, director ejecutivo de la CPDH.

https://twitter.com/CPDHNicaragua/status/1192553798448951321?s=20

Este martes la bancada sandinista en la Asamblea Nacional aprobó la reforma del polémico artículo 5 de la Ley de Estabilidad Energética, Ley 554 para castigar a usuarios del servicio de energía que tengan facturas en mora.

ESPERAN RECUPERAR C$3.5 MILLONES

El Ejecutivo pretende con esta reforma ayudar a la distribuidora Disnorte y Dissur a recuperar 3,500 millones de córdobas, que, según la presidenta de la Comisión de Infraestructura, adeudan 16,500 clientes morosos que consumen más de 300 kilovatios horas por mes.

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Al respecto Marcos Carmona dijo que la Constitución Política de Nicaragua prohíbe la aplicación de una ley retroactiva, porque se le está otorgando a la transnacional Unión Fenosa la potestad de cobrar mora vencida.

“Con esto lo que se pretende (el régimen) es que aquí se le está dando potestad a Unión Fenosa de que puede ejercer estos cobros retroactivos. Esto aplica solo cuando es en beneficio de un reo y la ley les favorece”, afirmó Carmona.

La reforma a la que la bancada del Frente Sandinista dio luz verde en la Asamblea Nacional con 72 votos, modificó la propuesta enviada por Daniel Ortega en la que autorizaba a la empresa Disnorte y Dissur a procesar por medio de juicios ejecutivos a cualquier ciudadano que presentara mora en el pago de sus facturas.

Carmona aseguró que la reforma al artículo 5 de la Ley de Estabilidad Energética pretende la instrumentalización del sistema judicial para que Unión Fenosa realice los cobros con la venia del Estado.

CSJ COBRADORES OFICIALES

“Nosotros vemos aquí que el Estado está favoreciendo a una empresa privada en detrimento de los nicaragüenses y que viene a instrumentalizar al Poder Judicial para que sean los cobradores oficiales para con los nicaragüenses”, afirmó.

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El nuevo artículo 5 señala que “por ministerio de ley, toda factura emitida por las empresas de distribución de energía eléctrica que esté legalmente en mora, entiéndase, una vez agotados los procedimientos administrativos, tendrá reconocimiento de fuerza ejecutiva como títulos no judiciales de ejecución”.

Esto significa que bastará con que la distribuidora demuestre con facturas la existencia de la deuda para solicitar al juez el pago, sin necesidad de agotar las vías extrajudiciales, en otras palabras, no es el que determina la existencia de la deuda, sino la empresa misma.

Como parte de esto, la Ley autoriza “a las empresas de distribución de energía eléctrica a publicar una lista de sus clientes legalmente en mora, conforme este artículo, y debidamente certificada por el Instituto Nicaragüense de Energía, y a informar a las Centrales de Riesgos autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras de dichos adeudos”, procedimientos que constituyen las vías administrativas requeridas antes de llevar a un deudor a la cárcel.

El director de la CPDH considera que “la Asamblea Nacional en vez de estar defendiendo los intereses de los nicaragüenses, más bien va en detrimento de ellos”, al instrumentalizar al Poder Judicial a favor de Unión Fenosa.

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