
Nicaragua permitirá entrar con más compras y pagar menos impuestos: qué se puede ingresar, quiénes tienen derecho y cuáles son los límites
Los viajeros que ingresen a Nicaragua podrán introducir mercancías valoradas en hasta 2.000 dólares sin pagar impuestos aduaneros a partir del 29 de abril de 2027. El nuevo límite, cuatro veces superior a los 500 dólares actuales, fue aprobado como parte de una reforma regional que también modifica las condiciones para utilizar la exoneración.
El cambio no es una concesión del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, fue acordado el 29 de octubre de 2026 en Managua por el Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica (COMIECO), mediante la actualización del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA V) y su reglamento (RECAUCA V).
La ampliación permitirá ingresar mercancías de mayor valor sin pagar tributos, pero no equivale a una autorización para importar cualquier producto. La exoneración se limita a artículos sin fines comerciales y podrá utilizarse, como máximo, dos veces al año.
Estas son las principales claves para entender su alcance.
- ¿Qué cambia respecto a la exoneración actual?
El cambio principal es el monto. Hasta ahora, los viajeros pueden acogerse a una exoneración de 500 dólares para determinadas mercancías adicionales a su equipaje personal. Con la reforma, ese límite aumentará a 2.000 dólares.
La diferencia es de 1.500 dólares. Es decir, una persona podrá ingresar mercancías admisibles por un valor cuatro veces mayor sin pagar los impuestos correspondientes.
La nueva cantidad no debe confundirse con el valor total del equipaje. Los efectos personales que acompañan habitualmente a un viajero tienen un tratamiento aduanero propio.
- ¿Quiénes podrán beneficiarse? ¿Solo los nicaragüenses?
El anuncio oficial se refiere a viajeros y no establece que la exoneración esté reservada a ciudadanos nicaragüenses.
Esto es relevante para los extranjeros que visitan Nicaragua y para los nicaragüenses residentes en otros países. Sin embargo, el comunicado no precisa si existirán diferencias de aplicación según la residencia, la nacionalidad o la condición migratoria.
- ¿Qué mercancías podrán ingresar sin pagar impuestos?
La exoneración corresponde a mercancías adicionales al equipaje personal que no tengan fines comerciales.
La finalidad de los productos es un elemento central. No basta con que su valor sea inferior a 2.000 dólares: también deben cumplir las condiciones establecidas para el régimen de viajeros.
Por ejemplo, la compra de varios teléfonos móviles idénticos podría plantear dudas sobre su destino comercial, aunque su valor conjunto no supere el límite. La cantidad y las características de los artículos pueden ser relevantes para la valoración aduanera.
El anuncio oficial no contiene una lista detallada de productos admitidos ni especifica cantidades máximas por categoría.
- ¿Cuántas veces al año podrá utilizarse?
La reforma establece una frecuencia de una vez cada seis meses, con un máximo de dos ocasiones al año.
Esto impide interpretar los 2.000 dólares como una cantidad disponible en cada viaje. Una persona que ingrese varias veces a Nicaragua durante un mismo semestre no podrá reclamar automáticamente la exoneración en todas sus entradas.
La periodicidad será especialmente importante para quienes viajan con frecuencia entre Nicaragua, Costa Rica, Estados Unidos y otros países.
- ¿Qué pasará con las compras por internet y los paquetes enviados desde el extranjero?
La ampliación no cubrirá compras por internet ni mercancías que ingresen mediante servicios de mensajería.
La distinción afecta a quienes compran productos en plataformas internacionales y utilizan empresas de paquetería para recibirlos en Nicaragua.
Esos envíos continuarán sometidos al régimen aduanero que corresponda, sin que el nuevo límite de 2.000 dólares pueda aplicarse automáticamente.
- ¿Qué ocurre si el valor de las mercancías supera los US$2.000?
La exoneración tiene un límite de valor, pero el anuncio no explica con detalle cómo se liquidarán los tributos cuando las mercancías lo superen.
Una cuestión pendiente es establecer si los impuestos se calcularán únicamente sobre el excedente o si determinadas mercancías deberán someterse a otro tratamiento aduanero.
OJO: La reforma no supone la eliminación de los impuestos para importaciones que excedan las condiciones del beneficio.
- ¿Cuándo entrará en vigor y qué deben tener en cuenta los viajeros?
La fecha anunciada es el 29 de abril de 2027. Hasta entonces continuará aplicándose el límite vigente de 500 dólares.
La reforma forma parte de una actualización más amplia de la legislación aduanera centroamericana, que incorpora procedimientos digitales y mecanismos para facilitar el tránsito de mercancías.
Para quienes planean viajar a Nicaragua, la principal novedad es el aumento del valor exonerado. Pero antes de realizar compras contando con ese beneficio será necesario conocer las condiciones definitivas sobre productos admitidos, valoración y aplicación por viajero.



