La Corte ordena excarcelar a reos enfermos y adultos mayores

La Corte Suprema de Justicia  instruyó a los jueces locales sustituir la prisión preventiva por medidas alternativas para las personas procesadas por delitos menos graves que sean adultos mayores o padezcan enfermedades crónicas graves o en fase terminal. 

La disposición, emitida por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial mediante el Acuerdo 73, fue firmada por los magistrados Juana Méndez y Marco Aguilar y entró en vigor este 24 de noviembre.

Según documento oficial quedarían excluidos de ese beneficio los predios políticos que cumplen con el requisito de edad y vulnerabilidad de salud pero que fueron encarcelados por traición a la patria.

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El acuerdo recuerda que el Código Procesal Penal permite reemplazar la prisión preventiva por arresto domiciliario cuando el acusado se encuentra en situación de vulnerabilidad por razones de edad o salud. La Corte enfatiza que, en estos casos, los jueces deben tramitar los expedientes “observando” los artículos 166, 167 y 173 de la norma procesal, que regulan las medidas cautelares personales.

La directriz subraya además que los procesados que presenten enfermedades crónicas graves o se encuentren en fase terminal deberán contar con dictamen del Instituto de Medicina Legal para acceder a medidas distintas a la cárcel. La autoridad judicial competente deberá garantizar la presencia del acusado en las audiencias, precisa el texto.

Abogados consultados por DESPACHO 505 expresaron que con esto la CSJ reconoce los abusos que se venían cometiendo con la medida de prisión preventiva y la falta de independencia de los jueces.

"La ley siempre ha estipulado sustituir la prisión preventiva por domiciliaria en caso de adultos mayores o personas con padecimientos de salud graves y crónicos, pero por la falta de independencia de los jueces sólo se impone la prisión preventiva", explicó un abogado.

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Otro agregó que con dicho acuerdo la CSJ, además de dejar al descubierto la falta de independencia de los jueces, también reconoce que la justicia no se aplica correctamente. 

"Mencionan artículos específicos de una Ley que tiene más de 20 años de vigencia. Esto solo puede significar que los jueces, por miedo, por directrices o por negligencia, no estaban aplicando la excepcionalidad de la prisión preventiva"  afirmó. 

Un reconocido abogado capitalino también coincidió en que lo expuesto en la certificación no es nada nuevo. 

"Creo que la orientación lo que pretende es poner fin al abuso de la prisión preventiva para no seguir llenando las cárceles por la falta de presupuesto en los  Sistemas Penitenciarios" concluyó.