Denuncian desalojo sin indemnización de 165 familias en Dipilto: ¿despeje del derecho de vía o confiscación?

El Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) emitió órdenes de desalojo a unas 165 familias asentadas a lo largo de la carretera Dipilto–Las Manos, en Nueva Segovia, amparándose en la Ley de Derecho de Vía de 1952, que establece restricciones para las construcciones ubicadas en las franjas reservadas a las carreteras. Los afectados denuncian que les concedieron apenas 15 días para retirar sus viviendas y negocios, sin ofrecerles indemnizaciones por las propiedades que perderán y bajo la amenaza de que si no salen el Estado podrá intervenir.

DESPACHO 505 tuvo acceso a copias de las notificaciones oficiales, emitida por la Dirección General de Conservación Vial del MTI, que confirman la exigencia de despejar el derecho de vía en un plazo de 15 días calendario contados a partir del 14 de octubre. El documento no menciona compensaciones económicas, alternativas de reubicación ni mecanismos de negociación con los propietarios.

De acuerdo con los afectados, tras recibir el ultimátum del MTI han hecho gestiones para negociar su situación, pero no han recibido respuestas de las autoridades

¿Qué permite la Ley de Derecho de Vía?

La Ley de Derecho de Vía, aprobada en 1952, permite al Estado reservar terrenos a ambos lados de las carreteras y restringir las construcciones dentro de esos espacios.

En las vías internacionales, como la que conduce de Dipilto a Las Manos, la franja puede alcanzar los 40 metros de ancho, 20 a cada lado del eje central de la carretera. En las vías interdepartamentales y vecinales, el límite es de 10 metros por lado.

La restricción no se mide desde el borde del pavimento, sino desde el centro de la carretera, por lo que puede alcanzar viviendas, negocios y otras construcciones situadas a varios metros de la calzada.

Sin embargo, la misma ley que invoca el MTI para ordenar los desalojos también establece garantías para los propietarios. Su artículo 5 contempla indemnizaciones cuando las obras viales requieren ocupar terrenos particulares, mientras que el artículo 8 protege las edificaciones privadas existentes, salvo que medie una declaración de utilidad pública y una indemnización previa.

Ese es el punto central del malestar entre los afectados en Dipilto: las autoridades exigen despejar el derecho de vía en apenas 15 días, mientras los pobladores denuncian que no se les ha ofrecido compensación por las construcciones que podrían perder. Según la norma, el eventual derecho a indemnización dependerá de la situación jurídica de cada propiedad y de las condiciones en que fueron levantadas las edificaciones.

Una carretera de 32 millones dólares

La zona a intervenir por el MTI en un corredor fronterizo donde está prevista la ampliación de la carretera Dipilto–Las Manos, uno de los principales accesos terrestres entre Nicaragua y Honduras.

El proyecto abarca 11,67 kilómetros de carretera y ampliar la vía de dos a cuatro carriles, con una inversión se unos 32 millones de dólares.

La obra forma parte del XI Programa de Ampliación y Mejoramiento de Carreteras, vinculado al financiamiento del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Este tipo de obras viales exige estudios ambientales y sociales que permitan identificar a las familias y propiedades afectadas, evaluar el impacto de las obras y establecer medidas de compensación o reasentamiento cuando corresponda.

No obstante, las notificaciones en poder de los afectados no identifica expresamente la ampliación de la carretera como motivo de la orden de despeje ni se les informa de formas de compensación.

La denuncia sobre la falta de indemnizaciones plantea interrogantes acerca del procedimiento utilizado por el MTI para recuperar los espacios comprendidos dentro del derecho de vía.

Por el momento, la documentación conocida acredita la exigencia de despejar el derecho de vía en un plazo de 15 días, mientras permanece sin aclararse cómo se aplicarán las garantías para las familias cuyas propiedades resulten afectadas