Corte IDH condena a Nicaragua por ❝instrumentalizar❞ la justicia contra Alejandro Fiallos en 2004

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó este martes una sentencia que declara al Estado de Nicaragua responsable por la detención ilegal y la violación de garantías judiciales de Alejandro Fiallos Navarro.

El fallo pone fin a más de dos décadas de litigio y expone cómo el sistema judicial fue utilizado como arma política durante un periodo de profunda división institucional en el país.

Los hechos se remontan a la administración del fallecido presidente Enrique Bolaños, del Partido Liberal Constitucionalista. En ese periodo Fiallos fungía como presidente ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (Inifom).

En julio de 2004, tras el despido de un trabajador de dicha institución, se abrió una causa penal en contra de Fiallos por presunto abuso de autoridad y amenazas. En ese contexto de alta tensión política y electoral, el exfuncionario fue detenido de manera irregular dentro de un despacho judicial.

En aquel entonces, Fiallos competía como candidato a la Alcaldía de Managua por la Alianza por la República (APRE). Sin embargo, el proceso penal en su contra se dio en un contexto donde el Poder Judicial estaba bajo el control del pacto político entre Arnoldo Alemán y Daniel Ortega, quienes dominaban las instituciones del Estado.

Se violó la presunción de inocencia

La sentencia detalla que Fiallos fue arrestado de forma arbitraria el 17 de agosto de 2004 antes de ser notificado de una condena que ni siquiera estaba firme. El tribunal señala que la sentencia condenatoria carecía de fundamentos válidos.

«Esta sentencia no estuvo debidamente motivada y se consideró contraria al principio de presunción de inocencia. Al no contar con una debida motivación, esta sentencia se convierte en arbitraria y no podría servir de fundamento para una privación de libertad», cita textualmente el fallo.

El Estado, según la Corte, es responsable por la violación a las garantías judiciales, «en particular al derecho de defensa, el deber de motivación de las sentencias y el principio de presunción de inocencia, así como el derecho a la protección judicial».

Además, subraya que la inhabilitación para cargos públicos impuesta a Fiallos tuvo su origen en un proceso viciado y arbitrario.

Las obligaciones de reparación

A partir de esta notificación, el Estado de Nicaragua queda obligado a cumplir con una serie de medidas reparatorias de carácter obligatorio.

Se ordena adoptar todas las disposiciones judiciales y administrativas necesarias para anular la condena contra Alejandro Fiallos Navarro, lo que incluye la eliminación de sus antecedentes penales.

Asimismo, la sentencia estipula que las autoridades nicaragüenses deberán remitir a la víctima una declaración escrita formal donde reconozcan la responsabilidad del Estado en estos hechos.

También contempla el pago de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, así como la publicación del resumen oficial de la sentencia en el diario oficial y en sitios web del Poder Judicial, con el fin de resarcir públicamente la imagen del exfuncionario tras décadas de litigio internacional.