CPDH recurre contra Ley Energética

Reforma aprobada por la Asamblea Nacional permite la instrumentalización del Poder Judicial a favor de Unión Fenosa, por esa razón la CPDH recurre contra Ley Energética.

La Comisión Permanente de DerechosHumanos (CPDH) interpuso este jueves, ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), unrecurso por inconstitucionalidad en contra de la recién reformada Ley deEstabilidad Energética, Ley 554, publicada este miércoles en La Gaceta DiarioOficial.

“Estamos haciendo esto, porque con esta ley se pretende que haya dos tipos de ciudadanos y en este sentido, creemos que hay discriminación en cuanto a la aplicación de esta ley”, dijo Marcos Carmona, director ejecutivo de la CPDH.

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Este martes la bancada sandinista en la Asamblea Nacional aprobó la reforma del polémico artículo 5 de la Ley de Estabilidad Energética, Ley 554 para castigar a usuarios del servicio de energía que tengan facturas en mora.

ESPERAN RECUPERAR C$3.5 MILLONES

El Ejecutivo pretende con esta reforma ayudar a la distribuidora Disnorte y Dissur a recuperar 3,500 millones de córdobas, que, según la presidenta de la Comisión de Infraestructura, adeudan 16,500 clientes morosos que consumen más de 300 kilovatios horas por mes.

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Al respecto Marcos Carmona dijo quela Constitución Política de Nicaragua prohíbe la aplicación de una leyretroactiva, porque se le está otorgando a la transnacional Unión Fenosa lapotestad de cobrar mora vencida.

“Con esto lo que se pretende (elrégimen) es que aquí se le está dando potestad a Unión Fenosa de que puedeejercer estos cobros retroactivos. Esto aplica solo cuando es en beneficio deun reo y la ley les favorece”, afirmó Carmona.

La reforma a la que la bancada delFrente Sandinista dio luz verde en la Asamblea Nacional con 72 votos, modificóla propuesta enviada por Daniel Ortega en la que autorizaba a la empresa Disnortey Dissur a procesar por medio de juicios ejecutivos a cualquier ciudadano quepresentara mora en el pago de sus facturas.

Carmona aseguró que la reforma al artículo 5 de la Ley de Estabilidad Energética pretende la instrumentalización del sistema judicial para que Unión Fenosa realice los cobros con la venia del Estado.

CSJ COBRADORES OFICIALES

“Nosotros vemos aquí que el Estado está favoreciendo a una empresa privada en detrimento de los nicaragüenses y que viene a instrumentalizar al Poder Judicial para que sean los cobradores oficiales para con los nicaragüenses”, afirmó.

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El nuevo artículo 5 señala que “porministerio de ley, toda factura emitida por las empresas de distribución deenergía eléctrica que esté legalmente en mora, entiéndase, una vez agotados losprocedimientos administrativos, tendrá reconocimiento de fuerza ejecutiva comotítulos no judiciales de ejecución”.

Esto significa que bastará con que ladistribuidora demuestre con facturas la existencia de la deuda para solicitaral juez el pago, sin necesidad de agotar las vías extrajudiciales, en otraspalabras, no es el que determina la existencia de la deuda, sino la empresamisma.

Como parte de esto, la Ley autoriza“a las empresas de distribución de energía eléctrica a publicar una lista desus clientes legalmente en mora, conforme este artículo, y debidamentecertificada por el Instituto Nicaragüense de Energía, y a informar a lasCentrales de Riesgos autorizadas por la Superintendencia de Bancos y OtrasInstituciones Financieras de dichos adeudos”, procedimientos que constituyenlas vías administrativas requeridas antes de llevar a un deudor a la cárcel.

El director de la CPDH consideraque “la Asamblea Nacional en vez de estar defendiendo los intereses de los nicaragüenses,más bien va en detrimento de ellos”, al instrumentalizar al Poder Judicial afavor de Unión Fenosa.