
CIDH otorga medidas cautelares a hermanos detenidos por el régimen Ortega-Murillo
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de los hermanos Alexander Enrique y Byron Miguel Espinoza Flores, detenidos el 14 de agosto de 2025 y cuyo paradero y condiciones de reclusión se desconocen desde entonces.
La decisión fue adoptada este miércoles 30 de septiembre mediante la Resolución 78/2026, después de que la Comisión considerara que ambos se encuentran en una situación de gravedad y urgencia y que sus derechos a la vida y la integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable.
Según la información presentada ante la CIDH, los familiares de los hermanos han realizado gestiones para conocer su situación, pero no han recibido información oficial sobre dónde están recluidos ni sobre su estado actual. El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo tampoco proporcionó información a la Comisión durante el trámite de la solicitud.
Más de un año sin conocer su paradero
La CIDH tomó en cuenta que Alexander y Byron Espinoza Flores permanecen bajo custodia del régimen, sin que se conozcan las condiciones en las que están detenidos. También señaló que permanecen en incomunicación total y prolongada y sin posibilidad de recibir visitas.
Ante esta situación, la Comisión consideró que ambos están expuestos a un riesgo de mayor afectación de sus derechos y pidió adoptar medidas para proteger su vida, integridad personal y salud.
Entre las medidas solicitadas está informar dónde se encuentran y cuáles son las condiciones de su detención, además de garantizar el contacto regular con sus familiares y representantes legales de confianza.
La CIDH también pidió que ambos reciban una valoración médica integral y la atención que necesiten, así como acceso a información sobre su estado de salud y a los medicamentos requeridos.
El organismo solicitó además información sobre las acciones realizadas para investigar los hechos que dieron origen a las medidas cautelares y evitar que se repitan.
La resolución no determina una responsabilidad del régimen por los hechos denunciados. Las medidas fueron otorgadas debido a la situación de gravedad y urgencia y al riesgo de daño irreparable identificado por la Comisión.



