Corte IDH ordena liberación inmediata de Angélica Patricia Chavarría, expareja de Humberto Ortega

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió este martes una resolución urgente ordenando la liberación inmediata de Angélica Patricia Chavarría Altamirano, detenida de manera arbitraria desde el 19 de mayo de 2024, junto al general en retiro Humberto Ortega Saavedra, hermano del dictador Daniel Ortega, quien murió bajo custodia del régimen.

Chavarría, de 38 años, fue arrestada el mismo día que Humberto Ortega en medio de un operativo sin garantías judiciales ni información pública sobre su paradero posterior. Desde entonces, se encuentra en situación de desaparición forzada, lo que llevó al Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más a solicitar medidas urgentes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las cuales fueron trasladadas a la Corte IDH.

En su resolución, la Corte ordena al Estado de Nicaragua a determinar y comunicar el paradero de Chavarría y de otros dos desaparecidos políticos: Julio Antonio Quintana Carvajal y José Alejandro Hurtado Díaz, todos detenidos entre mayo de 2024 y enero de 2025 “en un contexto de criminalización de toda persona identificada o percibida como crítica u opositora al actual gobierno”.

Deben ser liberados, régimen sigue en desacato

El tribunal internacional exigió también su liberación inmediata, así como la implementación de medidas efectivas para proteger su vida, integridad personal, libertad y salud. Esto incluye garantizar el acceso a atención médica física y mental, medicamentos y alimentación adecuada.

Actualmente, al menos 52 personas permanecen como presas políticas en Nicaragua, muchas de ellas en situación de desaparición forzada, incluyendo cuatro periodistas. A pesar del mandato del tribunal, el régimen de Ortega y Murillo ha ignorado las resoluciones, negándose a informar sobre el paradero de los detenidos. Esto ha llevado a que el Estado de Nicaragua sea declarado en desacato permanente por la Corte IDH.

La resolución establece que, mientras se realizan los trámites administrativos para la liberación, el Estado debe facilitar contacto inmediato con familiares y abogados de confianza, y garantizar comunicación efectiva con las personas detenidas.