Conductor condenado en Estelí por el mismo delito por el que dejaron libre al tiktoker “La Rubia”

Las dos caras de la justicia orteguista volvieron a quedar en evidencia ayer, luego de que el juez de Distrito Penal de Juicio de Estelí, Erick Laguna Averruz, declarara culpable por homicidio a título de dolo al conductor Jorge Opman López Yezzet, quien, en estado de ebriedad, embistió mortalmente con una camioneta al inspector de la Policía, Lener José Salgado.

Aunque al tiktoker granadino Carlos Sandoval Mairena, conocido como "La Rubia", le revocaron una sentencia de 30 años impuesta por esta misma figura jurídica y posteriormente lo dejaron en libertad, el juez consideró que López Yezzet cometió el delito de homicidio tipificado en el artículo 138 del Código Penal, sancionado con penas que oscilan entre 10 y 15 años de cárcel.

El accidente ocurrió el 28 de noviembre a las 10:20 de la mañana, en el kilómetro 219 de la carretera que conecta los municipios de San Sebastián de Yalí, Jinotega, y Condega, en el departamento de Estelí.

En ese tramo, el acusado conducía de oeste a este una camioneta Hilux a una velocidad de entre 115 y 125 kilómetros por hora y, al llegar a la comarca El Bramadero, municipio de Condega, invadió el carril contrario e impactó de frente la motocicleta en la que viajaba el suboficial, quien falleció de manera instantánea.

Además del exceso de velocidad, López Yezzet conducía con 1.91 gramos de alcohol por litro de sangre y tenía la licencia suspendida.

Tras el veredicto de culpabilidad, la Fiscalía solicitó una pena de 12 años y 6 meses de cárcel, mientras que el abogado adherente a la acusación pidió la pena máxima de 15 años.

El fallo contrasta con la resolución emitida el 7 de diciembre de 2025 por el Tribunal de Apelaciones de Granada, que revocó la sentencia de 30 años de cárcel impuesta al tiktoker Carlos Sandoval Mairena, conocido como La Rubia, por provocar un accidente de tránsito en estado de ebriedad que causó la muerte de una pareja que circulaba en motocicleta en un tramo de la carretera Panamericana de Rivas.

En ese caso, la Fiscalía acusó al tiktoker por homicidio a título de dolo y en el juicio comprobó que la madrugada del 25 de agosto de 2024 conducía a exceso de velocidad (entre 89 y 99 kilómetros por hora) y con una concentración de alcohol de un gramo por litro de sangre, lo que provocó que impactara contra un carretón remolcado por la motocicleta donde viajaban las víctimas.

Con estas pruebas, el juez de Distrito Penal de Juicio de Rivas, Mario Barberena, lo sentenció el 8 de noviembre de 2024 a 15 años de prisión por cada víctima, para un total de 30 años.

Sin embargo, el abogado defensor Gabriel Díaz apeló la sentencia argumentando que la calificación jurídica era errónea, ya que en el ordenamiento jurídico nicaragüense no existe la figura de dolo eventual para muertes ocurridas en accidentes de tránsito, criterio que otros abogados habían sostenido en casos similares sin éxito.

En esta ocasión, Díaz logró que los magistrados revocaran la sentencia al sostener que los hechos encuadraban en el delito de homicidio imprudente establecido en el artículo 141 del Código Penal.

Dicho artículo establece penas de 1 a 4 años para conductores que ocasionen accidentes de tránsito con víctimas mortales y de 4 a 8 años cuando existe conducción temeraria o bajo efectos del alcohol o estupefacientes. Con base en estos argumentos, los magistrados de Granada redujeron la condena a 4 años por homicidio imprudente y posteriormente suspendieron la pena, dejando al acusado en libertad.

El abogado Díaz también ha sido señalado por obtener fallos favorables en casos de alto impacto, como el ocurrido en enero de 2021 en Jalapa, Nueva Segovia, donde dos sujetos fueron acusados como coautores del asesinato de la joven Katring Ninell López. En ese proceso, el acusado que defendió quedó en libertad, mientras que el otro implicado, Bryan Jordan Flores, fue condenado a 30 años de prisión.