Policía de Tránsito suspende licencias de conducir a menores de 16 años en Nicaragua
La Policía de Tránsito, bajo control de la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, suspendió la emisión de las licencias de conducir a los mayores de 16 años, según informó la oficialista radio La Primerísima.
Fuentes "extraoficiales" de la radio La Primerísima informaron que la medida fue ordenada esta semana por la jefatura de tránsito, como parte "de las acciones (que realiza la Policía) para reducir la participación de jóvenes en accidentes de tránsito con consecuencias fatales".
De acuerdo con la Ley número 856 Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N° 431, "Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito a prabada en abril del 2014, todas las personas mayores de 16 años podían adquirir su permiso de conducir siempre y cuando supieran conducir y tuviera la autorización de su padre, madre o tutor, quienes se constituirían en fiadores solidarios en caso que hubiera daños a terceros.
El artículo 140 de la Ley 856, establece en el numeral 3 que en caso de menores de edad "se otorga a las personas que habiendo cumplido los 16 años y no han alcanzado la mayoría de edad. Para su trámite deberá de presentar la respectiva autorización del padre, madre, tutor o tutora en instrumentos públicos constituyéndose en fiadores solidarios por los daños causados a terceros. Esta licencia expira al cumplir la mayoría de edad del titular".
La medida adoptada por la Policía de Tránsito forma parte del Plan de Seguridad Vial ordenado por el dictador Daniel Ortega el pasado 2 de junio y que incluye reducir la velocidad máxima a 80 kilómetros por hora en Nicaragua, y cárcel para los conductores que conduzcan de manera temeraria.
Ley de Tránsito aplicada a discreción
A pesar que la dictadura Ortega-Murillo no ha presentado ninguna modificación de la Ley 856, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N° 431, la Policía ya puesto en marcha los cambios ordenados desde El Carmen, al margen de la Ley.
Este 9 de junio la jefa de la Dirección de Tránsito, comisionada general Vilma Reyes, confirmó en el Canal Parlamentario de la Asamblea Nacional, que la Policía preparar un plan para reducir no solo los límites de velocidad entre 50 y 60 kilómetros por hora, sino también otras medidas.
El artículo 37 de la reforma a la Ley de Tránsito 856, establece que los límites de velocidad permitida en Nicaragua son: 45 kilómetros por hora en los perímetros urbanos; 60 kilómetros por hora en las pistas, y 100 kilómetros en las carreteras.
"En carretera la ley dice 100 kilómetros por hora, sin embargo, nosotros hemos logrado con el MTI y con nuestra regulación que la velocidad máxima que tenemos es de 80 kilómetros por hora. A más de 80 kilómetros por hora le aplicás el exceso de velocidad (multa)", reveló la comisionada Vilma Reyes en el canal Parlamentario.
Como parte de las nuevas restricciones, también se estableció que solo las personas mayores de 21 años podrán obtener permisos para manejar vehículos de transporte pesado, como microbuses y camiones.
Mientras tanto, los menores que ya cuentan con licencia podrán seguir conduciendo hasta que la Policía Nacional tome una decisión definitiva sobre si sus permisos serán suspendidos o continuarán vigentes.
Esta nueva medida es un reconocimiento implícito de la ineficiencia de la Policía sandinista para contrarrestar la alarmante accidentalidad en Nicaragua que afectan especialmente a la población joven en el país.



