¿Estás de acuerdo con la suspensión de por vida de licencias por conducir ebrio? Esto debe saber

La noticia de que la Policía de Nicaragua comenzará a suspender de por vida las licencias de conducir a quienes sean sorprendidos manejando bajo los efectos del alcohol se ha convertido en uno de los temas más comentados de los últimos días. Mientras en redes sociales algunos aplauden lo que consideran una sanción ejemplar y otros cuestionan su severidad, hay un detalle que ha pasado desapercibido: hasta ahora la Dirección Nacional de Tránsito no ha anunciado oficialmente una medida de ese alcance.

El detonante de esta polémica fue un post atribuido a la Alcaldía de Masaya en el que avisaba a conductores de autobuses y taxis sobre sanciones más severas por manejar en estado de ebriedad y que fue reproducido como verdad absoluta y -generalizado a todos los ciudadanos con permisos de conducir- por la oficialista radio La Primerísima.

En la imagen con el sello de la municipalidad se lee la advertencia contundente: los conductores de taxis y autobuses que sean sorprendidos manejando bajo los efectos del alcohol o sustancias alucinógenas serán detenidos durante 72 horas y perderán su licencia de conducir de por vida.

El mensaje también asegura que las unidades permanecerán retenidas entre 15 y 30 días y que los propietarios de concesiones podrían perder sus permisos de operación. Pero, ¿realmente entró en vigor una medida de ese alcance?

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Una revisión realizada por el equipo de verificación de Gato Encerrado en los canales de la Policía y medios oficialistas del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo no encontró ningún comunicado, disposición, nota de prensa o comparecencia pública de altos funcionarios de Tránsito en la que se anuncien nuevas sanciones para conductores del transporte público bajo esos términos, tampoco para conductores particulares como se ha generalizado en diversos reportes.

Malas señales: alcaldía sin competencia y el post no aparece

La supuesta publicación que dio pie a la información sobre el supuesto nuevo castigo para conductores que infrinjan la prohibición de conducir bajo efectos del alcohol ya no está pública o fue borrada del perfil en Facebook de la municipalidad de Masaya.

A ello se suma que la publicación atribuía a la municipalidad el anuncio de una disposición que excede sus facultades. Aunque las alcaldías participan en la administración de permisos de operación para taxis y transporte urbano, no les corresponde regular el tránsito ni establecer sanciones relacionadas con licencias de conducir.

En Nicaragua, las licencias de conducir, las infracciones de tránsito y las sanciones asociadas son materia regulada por la legislación nacional y administrada por las autoridades competentes, principalmente la Policía Nacional. A pesar de que las últimas disposiciones en materia de Tránsito -como incrementos de multas y reducción de los límites de velocidad se han implantado al margen de los procedimientos legales establecidos- no corresponde a una alcaldía gestionar una sanción de ese nivel.

En la nota tampoco se menciona el fundamento legal ni se atribuye la orden que sustenta las supuestas sanciones ni la fecha de entrada en vigor de la medida.

Aunque conducir bajo los efectos del alcohol constituye una infracción grave y puede acarrear sanciones administrativas y penales, la información difundida presenta como un hecho consumado una disposición que no ha sido anunciada oficialmente por las autoridades encargadas de aplicarla.

Desde junio del año pasado, el régimen ha venido aplicando nuevas medidas para intentar reducir los índices de mortalidad por accidentes de tránsito. Se redujo a 50 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en carreteras y a 40 kilómetros por hora la velocidad máxima para motocicletas.

Se ha mantenido como política la detención preventiva de 24 a 72 horas de los conductores ebrios, se les aplican multas de hasta 5.000 córdobas y para recuperar la licencia deben pasar por un curso de reeducación vial.

A los conductores que no portal el casco de seguridad, se les aplica la multa de conducción temeraria, que cuesta 2.5000 córdobas, que se suma a la de 500 córdobas por no portal el casco.

Veredicto 🔎

No hay evidencia de que la Policía de Tránsito haya aprobado o anunciado la suspensión de por vida de licencias para conductores sorprendidos conduciendo ebrios. La imagen difundida atribuida a la alcaldía que presenta como vigente la medida fue «desaparecida».