
Corte IDH pone en duda que Abelardo Mata esté realmente libre: da al régimen hasta el 1 de octubre para aclararlo
El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo tiene hasta el 1 de octubre para informar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre la situación jurídica de monseñor Juan Abelardo Mata Guevara y aclarar si el obispo emérito de Estelí permanece bajo algún régimen de privación o restricción de libertad.
El tribunal advierte que no cuenta con información “fidedigna y actualizada” sobre su situación jurídica ni sobre las posibilidades reales de que ejerza plenamente su libertad, pese a que el régimen ha asegurado que el religioso se encuentra en su vivienda.
En una resolución del 27 de agosto, la Corte otorgó medidas provisionales a Mata tras concluir que se encuentra en una situación de “extrema gravedad y urgencia”. Si continúa bajo alguna restricción, ordenó su liberación inmediata.
La decisión se produce casi dos meses después de que el religioso, de 80 años, fuera detenido e interrogado por la Policía y tras semanas de incertidumbre sobre las condiciones en las que permanece en su vivienda.
Mata padece enfermedades crónicas, tiene un marcapasos y requiere controles médicos especializados. Su representante informó que necesita atención de un cardiólogo, un neurólogo, un especialista vascular y un oculista.
Las medidas provisionales también alcanzan a Celia del Carmen Huete Reyes, Celia Leonor Huete Reyes, Álvaro José Huete Reyes y Celiana Paola Talavera Huete, cuatro personas de su círculo cercano que han sido objeto de hostigamiento, vigilancia, intimidación y represalias, según la información presentada ante el tribunal.
De una consulta médica al interrogatorio policial
El episodio que desencadenó la intervención de la Corte comenzó el 29 de junio, cuando Mata fue retenido por la Policía en Estelí al salir de una consulta médica.
Durante el interrogatorio, los agentes revisaron su teléfono celular, le preguntaron por sus vínculos con determinadas personas y le habrían ordenado desmentir públicamente las informaciones sobre su detención. Sus acompañantes también fueron retenidos e interrogados durante varias horas.
Al día siguiente, el religioso fue detenido nuevamente. Su familia desconoció su paradero hasta el 2 de julio, cuando se verificó que permanecía bajo una modalidad de “detención o vigilancia policial” en su domicilio.
El Ministerio del Interior confirmó el 4 de julio que Mata había sido interrogado, aunque aseguró que había regresado a su vivienda y se encontraba “en perfectas condiciones”. Las autoridades dijeron que investigaban “el origen de sus propiedades y vínculos familiares que no coinciden con la condición sacerdotal del Señor Obispo Emérito”.
Los representantes de Mata aseguran que no tienen conocimiento de ningún proceso judicial abierto en su contra.
A partir del 27 de julio volvió a desconocerse su paradero y tampoco había información pública verificable sobre su estado de salud. Esa situación se mantenía cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) acudió a la Corte el 11 de agosto para solicitar protección para el obispo y cuatro personas de su entorno.
Las imágenes difundidas tras la solicitud de protección
Un día después de que la CIDH acudiera a la Corte, fueron difundidas fotografías de Mata y un video en el que aparecía concediendo una entrevista desde su residencia.
Para el tribunal, esas imágenes no permiten establecer las condiciones en las que se encuentra el religioso. La resolución señala que se desconoce la fecha y las circunstancias en las que fue realizada la entrevista.
El representante de Mata sostuvo el 19 de agosto que la aparición pretendía presentar su prolongada ausencia como una decisión personal y un retiro voluntario. También informó de presencia policial en la entrada de la vivienda, constatada, según dijo, desde el 7 de julio.
Una semana después denunció que las autoridades habían impedido a familiares prestarle los cuidados que necesita y que solo se habían autorizado visitas esporádicas para atender su estado de salud.
Estos elementos, sumados a su edad y sus enfermedades, llevaron a la Corte a considerar acreditada una situación de riesgo que requiere protección urgente.
La Corte vincula el caso con la persecución a la Iglesia
La Corte considera que las amenazas y hostigamientos contra Mata están relacionados con su condición de “voz crítica al actual gobierno de Nicaragua” y con el liderazgo que ha ejercido dentro de la Iglesia católica.
El tribunal enmarca su caso en un contexto de “persecución, criminalización, hostigamiento, asedio policial, declaraciones estigmatizantes y, en general, actos de represión” contra miembros de la Iglesia.
Según la resolución, el riesgo no se limita a dirigentes políticos u opositores, sino que alcanza a personas que ejercen liderazgos percibidos como críticos y a quienes participan en la vida social, política o religiosa del país.
La Corte advierte que la criminalización de expresiones, “incluidas las manifestaciones religiosas”, que puedan ser consideradas críticas lleva implícito un mensaje intimidatorio destinado a “disuadir y silenciar”.
Años de amenazas contra Mata
Los incidentes contra Mata se remontan a 2018. Ese año, después de denunciar la represión y los ataques contra la Iglesia católica, fue interceptado cuando viajaba hacia Tisma, Masaya. Policías y presuntos paramilitares lo amenazaron de muerte y atacaron con tubos, machetes y piedras el vehículo en el que viajaba.
El obispo se refugió en una vivienda, pero sus perseguidores rodearon la casa y continuaron las amenazas. La Conferencia Episcopal realizó gestiones diplomáticas para conseguir su salida.
En los años siguientes denunció asedios contra sacerdotes y templos. En 2021 fue mencionado públicamente entre los religiosos que podrían ser encarcelados y posteriormente recibió amenazas en redes sociales. La CIDH le otorgó medidas cautelares en noviembre de ese año.
En 2023, una fuente vinculada al Poder Judicial alertó de un posible proceso en su contra y Migración se negó a entregarle un pasaporte pese a que, según sus representantes, cumplía los requisitos. Un año después, la Policía de Tránsito de Estelí impidió el traspaso de un vehículo vendido por Mata y retuvo parte de la documentación.
La Corte tomó estos antecedentes en cuenta para establecer que los hechos de junio no constituyen un episodio aislado.
Plazo hasta el 1 de octubre
Nicaragua deberá informar a más tardar el 1 de octubre sobre la situación de los cinco beneficiarios y las medidas adoptadas para cumplir la resolución.
Si Mata permanece privado o restringido de libertad, las autoridades deberán informar a sus familiares y abogados sobre el lugar, las razones y las condiciones de la detención, permitir el contacto con ellos y garantizarle atención médica, medicamentos y alimentación adecuada. La Corte dejó claro que estas medidas no podrán utilizarse para retrasar su liberación.
La resolución se produce en medio del prolongado desacato de Nicaragua al tribunal interamericano. El Estado no responde a sus requerimientos en este expediente desde el 11 de abril de 2022 y la Corte lo ha declarado en “desacato permanente”.



