Corte Suprema ordena a jueces reportar condenas y detenciones de abogados y notarios

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a todos los jueces y magistrados penales de Nicaragua informar de inmediato cada vez que un abogado y notario público sea privado de libertad, ya sea mediante una sentencia condenatoria superior a un año de prisión o por la imposición de una medida cautelar.

La disposición está contenida en una directriz del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, firmada por su secretario técnico, Roger Eduardo Martínez Domínguez, y dirigida a jueces locales, jueces de distrito, jueces de ejecución y magistrados de los tribunales de apelaciones que conozcan causas penales.

“Todos los Jueces Locales, Jueces de Distrito, Jueces de Ejecución y Magistrados de los Tribunales de Apelaciones que conozcan de causas penales en las cuales se dicten sentencias donde se prive de libertad a un Abogado y Notario Público —ya sea en virtud de sentencia condenatoria o por la imposición de una medida cautelar—, deberán informar de manera inmediata a esta Secretaría”, establece el documento.

En el caso de las sentencias condenatorias, la directriz precisa que deberán reportarse aquellas en las que se imponga una pena de prisión superior a un año.

Deberán enviar la resolución completa

Los jueces y magistrados deberán realizar el reporte mediante un oficio dirigido a la Dirección de Regulación, Supervisión y Control de las y los Abogados y Notarios Públicos.

La comunicación deberá contener íntegramente la resolución judicial correspondiente. La Corte también ordena informar si posteriormente la pena o la medida impuesta al abogado o notario es modificada o revocada.

La disposición obliga así a los funcionarios judiciales a comunicar tanto la decisión que implique la privación de libertad del profesional como cualquier resolución posterior que cambie esa situación.

Una orden de cumplimiento obligatorio

La Corte establece que la directriz es de aplicación inmediata y debe cumplirse en todas las sedes judiciales del país.

“El presente documento constituye la directriz oficial y vinculante sobre la materia”, señala el texto, que ordena su “estricta divulgación y cumplimiento”.

El documento no explica qué motivó la adopción de esta medida ni qué procedimiento seguirá la Dirección de Regulación, Supervisión y Control de las y los Abogados y Notarios Públicos con la información y las resoluciones judiciales que reciba.

La nueva directriz se conoce en momentos en que la Corte Suprema ha reforzado el control sobre el ejercicio de la abogacía y el notariado en Nicaragua. En los últimos meses, abogados han sido eliminados del registro que les permite ejercer y se les ha ordenado entregar títulos y sellos profesionales.

La medida también ocurre después de la barrida ejecutada por el régimen en el Poder Judicial, que incluyó la salida forzada de magistrados y el nombramiento de nuevos funcionarios leales a Daniel Ortega y Rosario Murillo. Entre los nuevos integrantes de la Corte Suprema está Ana Julia Guido, exfiscal general de la República, quien posteriormente fue propuesta por los dictadores para asumir la presidencia del máximo tribunal.

Con la llegada de Guido a la presidencia de la Corte Suprema, el régimen completa la reconfiguración de la institución y establece un nuevo filtro sobre quienes ejercen la abogacía y el notariado, en un contexto de mayor control sobre el sistema judicial.